ACUERDO  36-92

Se Acuerda Autorizar A La Ventanilla Única Para Las Exportaciones Que Acredite Con Carácter Permanente, Ante La Asociación Nacional Del Café.


ACUERDO No. 36-92

Palacio Nacional: Guatemala, 24 de febrero de 1992.


El Ministro de Economía,


CONSIDERANDO:

Que es función del Ministerio de Economía contribuir a facilitar la actividad exportadora del país, estableciendo y facilitando los mecanismos que permitan alcanzar ese objetivo;


CONSIDERANDO:

Que la Asociación Nacional del Café, ha solicitado al Ministerio de Economía, el apoyo necesario para que sean facilitados los trámites de sus miembros ante la Ventanilla Unica para las Exportaciones, por medio del funcionamiento de una delegación de dicha institución en la sede de ANACAFE;


CONSIDERANDO:

Que habiendo analizado los requerimientos de la Asociación Nacional del Café en cuanto a agilizar los trámites de exportación, se considera procedente y beneficioso para el país acceder a lo solicitado.


POR TANTO.

En ejercicio de las funciones que le confiere el Artículo 12, inciso IV y Artículo 16, incisos 2o. y 7o. del Decreto 93 del Congreso de la República,


ACUERDA:

 
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