RESOLUCIÓN 000043
Se Acuerda Aprobar La Publicación De Los Informes Sobre El Funcionamiento Y Finalidad De Los Archivos Generados Por Cada Dependencia Del Ministerio De Gobernación.
RESOLUCIÓN NÚMERO 000043
Folio: 84+10 CD
OB: 201800301
SDA/uip
INTERESADO: MINISTERIO DE GOBERNACIÓN.
ASUNTO: APROBACIÓN PARA LA PUBLICACIÓN EN EL DIARIO DE CENTRO AMÉRICA DEL INFORME SOBRE EL FUNCIONAMIENTO Y FINALIDAD DEL ARCHIVO, SISTEMAS DE REGISTRO Y CATEGORÍAS DE INFORMACIÓN, PROCEDIMIENTOS Y FACILIDADES DE ACCESO AL ARCHIVO.
RESOLUCIÓN NÚMERO: 000043
MINISTERIO DE GOBERNACIÓN: GUATEMALA, DOCE DE ENERO DE DOS MIL DIECIOCHO.
Se tiene a la vista el expediente que contiene información arriba identificada; CONSIDERANDO: Que de conformidad con la Constitución Política de la República de Guatemala, cada Ministerio, estará a cargo de un Ministro de Estado, quién tendrá a su cargo la función de dirigir, tramitar, resolver e inspeccionar todos los negocios relacionados con su Ministerio. Asimismo, el Artículo 27 literal a) del Decreto Número 114-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley del Organismo Ejecutivo; preceptúa que los Ministros tienen a su cargo cumplir y hacer que se cumpla el ordenamiento jurídico en los diversos asuntos de su competencia. CONSIDERANDO: Que de conformidad con la Ley de Acceso a la Información Pública, los responsables de los archivos de cada uno de los sujetos obligados deberán publicar, por lo menos una vez al año y a través del Diario de Centro América, un informe sobre: El funcionamiento y finalidad del archivo, sus sistemas de registro y categorías de información, los procedimientos y facilidades de acceso al archivo. CITA DE LEYES: En ejercicio de las funciones que le confieren los artículos 194, literales a) y f) de la Constitución Política de la República de Guatemala; 27 literales a), f) y m) del Decreto Número 114-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley del Organismo Ejecutivo y con fundamento en el Artículo 10, numeral 26 del Decreto Número 57-2008 del Congreso de la República de Guatemala, Ley de Acceso a la Información Pública; 3 y 4 del Decreto Número 119-96 del Congreso de la República de Guatemala, Ley de lo Contencioso Administrativo. POR TANTO: Este Despacho con base en lo considerado y leyes citadas, RESUELVE.
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