ACUERDO MINISTERIAL 152-2017
Se Acuerda Definir La Estrategia Para El Fortalecimiento De La Gestión Y Atención En Salud.
ACUERDO MINISTERIAL NÚMERO 152-2017
Guatemala, 22 de noviembre de 2017
EL MINISTRO DE SALUD PÚBLICA Y ASISTENCIA SOCIAL
CONSIDERANDO:
Que la Constitución Política de la República de Guatemala, establece que la salud es un derecho fundamental del ser humano, siendo obligación del Estado garantizarlo a sus habitantes sin discriminación alguna; facilitando su acceso y procurándoles bienestar físico, mental y social. Que cada ministerio estará a cargo de un Ministro de Estado, quien tendrá las funciones de ejercer jurisdicción sobre todas las dependencias de su ministerio y dirigir, tramitar, resolver e inspeccionar todos los negocios relacionados con su ministerio;
CONSIDERANDO:
Que el Decreto Número 114-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley del Organismo Ejecutivo establece que, además de las que asigna la Constitución Política de la República y otras leyes, los Ministros tienen las atribuciones de cumplir y hacer que se cumpla el ordenamiento jurídico en los diversos asuntos de su competencia; ejercer la rectoría de los sectores relacionados con el ramo bajo su responsabilidad y planificar, ejecutar y evaluar las políticas públicas de su sector, en coherencia con la política general del gobierno, salvaguardando los intereses del Estado, con apego a la ley y dictar los acuerdos, resoluciones circulares y otras disposiciones relacionadas con el despacho de los asuntos de su ramo, conforme la ley;
CONSIDERANDO:
Que el Decreto Número 90-97 del Congreso de la República de Guatemala, Código de Salud, preceptúa que el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, coordinará las acciones necesarias para la promoción de vida de las poblaciones, a nivel individual, familiar y comunitario, así como definir un modelo de atención en salud, que promueva la participación de las demás instituciones sectoriales y de la comunidad organizada, que priorice las acciones de promoción y prevención de la salud, garantizando la atención integral en salud, en los diferentes niveles de atención y escalones de complejidad del sistema, de lo que procede emitir el acuerdo ministerial que defina el modelo de atención en salud;
POR TANTO:
En el ejercicio de las funciones que le confieren el Artículo 194 literales a) y f) de la Constitución Política de la República de Guatemala y con fundamento en los Artículos 27 literales a), c) y m) del Decreto Número 114-97, Ley del Organismo Ejecutivo; 4,9, literal a), 17 literales a), c), f) y g) y 18 del Decreto Número 90-97, Código de Salud, ambos del Congreso de la República de Guatemala y 2, 6, 10 y 12 del Acuerdo Gubernativo Número 115-99 Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social.
ACUERDA:
Lo siguiente,
DEFINIR LA ESTRATEGIA PARA EL FORTALECIMIENTO DE LA GESTION Y ATENCIÓN EN SALUD
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