ACUERDO  50-2014

Reglamento general de la escuela de estudios judiciales, unidad de capacitación institucional del organismo judicial.


ACUERDO NÚMERO 50-2014


CONSIDERANDO

Que el artículo 209 de la Constitución Política de la República de Guatemala, establece la carrera judicial y que los ingresos, promociones y ascensos se harán mediante oposición, regulada por la ley de la materia.


CONSIDERANDO

Que mediante Decreto número 41-99 del Congreso de la República, se emitió la Ley de la Carrera Judicial cuyo objeto es regular el ingreso, permanencia, promoción, ascenso, capacitación, disciplina y otras actividades de los jueces y magistrados, cualquiera que sea su categoría o grado, con el fin de garantizar su dignidad, independencia y excelencia profesional en el ejercicio de su función; y que la misma establece que los órganos responsables de la Carrera Judicial son: el Consejo de la Carrera Judicial, la Junta de Disciplina Judicial, las comisiones de postulación y la Unidad de Capacitación Institucional.


CONSIDERANDO

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3 6 del Reglamento de la bey de la Carrera Judicial y el Acuerdo número 166/013 de la Presidencia del Organismo Judicial, compete a la Corte Suprema de Justicia la emisión del reglamento específico de la Escuela de Estudios Judiciales Unidad Capacitación Institucional del Organismo Judicial.


POR TANTO

Con base a lo considerado y de conformidad con los artículos: 205 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 53 y 54 inciso f) y 77 de la Ley del Organismo Judicial Decreto 2-89 del Congreso de la República; 12 de la Ley de Carrera Judicial, la Corte Suprema de Justicia, integrada como corresponde,


ACUERDA

Emitir el siguiente:


REGLAMENTO GENERAL DE LA ESCUELA DE ESTUDIOS JUDICIALES,
UNIDAD DE CAPACITACIÓN INSTITUCIONAL DEL ORGANISMO JUDICIAL


TÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES

 
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