ACUERDO MINISTERIAL  523-2014

Se acuerda reconocer la personalidad jurídica de la IGLESIA EVANGELICA EBENEZER TORRE FUERTE.


ACUERDO MINISTERIAL NÚMERO 523-2014

Guatemala, 28 de julio de 2014


EL MINISTRO DE GOBERNACIÓN


CONSIDERANDO:

Que la Presidenta de la Junta Directiva Provisional de la Iglesia evangélica denominada IGLESIA EVANGÉLICA EBENEZER TORRE FUERTE, con sede en el municipio de Guatemala, departamento de Guatemala; se presentó a este Ministerio solicitando el reconocimiento de la personalidad jurídica y aprobación de las bases constitutivas de su representada.


CONSIDERANDO:

Que el artículo 36 de la Constitución Política de la República de Guatemala, reconoce que el ejercicio de todas las religiones es libre. Que toda persona tiene derecho a practicar su religión o creencia, tanto en público como en privado, por medio de la enseñanza, el culto y la observancia, sin más límites que el orden público y el respeto debido a la dignidad de la jerarquía y a los fieles de otros credos.


CONSIDERANDO:

Que el artículo 37 de la Constitución Política de la República de Guatemala reconoce la personalidad jurídica de la Iglesia Católica y que las otras iglesias, cultos, entidades y asociaciones de carácter religioso obtendrán el reconocimiento de su personalidad jurídica, conforme a las reglas de su institución y que el Gobierno no podrá negarlo si no fuese por razones de orden público.


CONSIDERANDO:

Que el instrumento público en que consta las bases constitutivas de la Iglesia Evangélica denominada IGLESIA EVANGÉLICA EBENEZER TORRE FUERTE, cumple con los requisitos de ley y las directrices dictadas por este Ministerio, y contándose con la opinión favorable de la Dirección de Asuntos Jurídicos de este Ministerio y Visto Bueno de la Procuraduría General de la Nación, es procedente emitir la disposición Ministerial correspondiente.


POR TANTO:

En ejercicio de las funciones que le confieren los artículos 37, 194 literales a) y f) de la Constitución Política de la República de Guatemala; 27 literal m) y 36 literal b) de la Ley del Organismo Ejecutivo, Decreto Número 114-97 del Congreso de la República y sus reformas; y 4 y 7 numeral 4 del Acuerdo Gubernativo Número 635-2007, Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Gobernación; y, con fundamento en los artículos 15 numeral 1° y 31 segundo párrafo del Código Civil, Decreto Ley 106 y sus reformas; y, el Acuerdo Gubernativo Número 263-2006, que contiene las disposiciones para la Obtención del Reconocimiento de la Personalidad Jurídica de las Iglesias Evangélicas.


ACUERDA:

 
...
Consultas:
  • Buscado: 4,058 veces.
  • Ficha Técnica: 35 veces.
  • Imagen Digital: 35 veces.
  • Texto: 33 veces.
Descargas:
  • Formato PDF: 1 veces.
  • Formato Word: 4 veces.
Etiquetas:

Deje un comentario commentÚltimos comentarios públicos
    comment Aún no hay comentarios para la publicación.

    Usted puede ser el primero en dejar un comentario.

Deje un comentario commentÚltimos comentarios privados
    comment Aún no hay comentarios para la publicación.

    Usted puede ser el primero en dejar un comentario.

mode_editEscriba su Comentario:
Información importante! Usted puede dejar un comentario sobre esta publicación y decidir si la desea hacer pública.

menu
menu