ACUERDO MINISTERIAL  7-2014

Se acuerda reformar el articulo 1 del acuerdo ministerial 10-2012.

*SE DEROGA POR EL ARTICULO 2 DEL ACUERDO MINISTERIAL NÚMERO 210-2016


ACUERDO MINISTERIAL NÚMERO 7-2014

Guatemala, 08 de enero de 2014


LA VICEMINISTRA DE FINANZAS PÚBLICAS,
ENCARGADA DEL DESPACHO,

CONSIDERANDO:

Que por medio del Acuerdo Ministerial Número 291-2012 del 28 de diciembre de 2012 se aprobó las actualizaciones incorporadas al Sistema de Contabilidad Integrada (Sicoin) al Manual de Clasificaciones Presupuestarias para el Sector Público de Guatemala, que permitan los registros contables y presupuestarios.


CONSIDERANDO:

Que la modalidad de ejecución a través de fondos rotativos tiene por objeto cubrir gastos urgentes de funcionamiento y de poca cuantía, lo cual no es aplicable a proyectos de inversión y que el proceso de modernización del Sistema de Administración Financiera del Estado, requiere la constante revisión de los procedimientos administrativos y operativos para facilitar, agilizar y transparentar la gestión pública que propicie un manejo eficiente de los recursos del Estado.


POR TANTO:

En ejercicio de las funciones establecidas en los artículos 23, 27 literal m) y 35 literal f) del Decreto Número 114-97, Ley del Organismo Ejecutivo; 9, 49, 55, 58, 62 y 80 del Decreto Número 101-97, Ley Orgánica del Presupuesto; ambos Decretos del Congreso de la República de Guatemala y 45 del Acuerdo Gubernativo Número 240- 98 Reglamento de la Ley Orgánica del Presupuesto.


ACUERDA:


Reformar el artículo 1 del Acuerdo Ministerial Número 10-2012, el cual queda así.

 
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