ACUERDO MINISTERIAL 614-2013
Disposiciones relacionadas con la prevención de la introducción de la plaga cuarentenaria Fusarium Oxisporium f. sp. cubense Raza 4.
*Derogado por el Acuerdo Ministerial 260-2019 de fecha 20-09-2019
*Reformado el nombre "oixporum u oxisporium" por "oxysporum" en todo el Acuerdo, por el Acuerdo Ministerial 32-2014 de fecha 17-02-2014
Texto original:
"oxisporum u oixporium"
ACUERDO MINISTERIAL No. 614-2013
Edificio Monja Blanca: Guatemala, trece de diciembre del 2013
EL VICEMINISTRO DE SANIDAD AGROPECUARIA Y REGULACIONES,
ENCARGADO DEL DESPACHO MINISTERIAL.
CONSIDERANDO:
Que corresponde al Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación prevenir la introducción, y diseminación de plagas y enfermedades que afectan a los vegetales, sus productos y subproductos; entre estos vegetales se encuentra la producción y exportación de banano y plátano como uno de los rubros de mayor importancia económica para el país como generador de divisas y fuentes de empleo, siendo América Latina y el Caribe la zona más grande, a nivel mundial, de producción comercial de ambos productos.
CONSIDERANDO:
Que el patógeno Fusarium oxysporum f. sp. cubense (Foc RT-4) causante de la enfermedad conocida como el "Mal de Panamá", constituye una de las amenazas más graves para las plantaciones de banano y plátano principalmente, como otras musáceas; y que la raza tropical cuatro del patógeno mencionado amenaza la producción de bananos y plátanos a nivel mundial, ya que esta raza y sus variantes afectan los cultivares del grupo Cavendish (AAA), que constituyen la mayoría de las plantaciones nacionales, poniendo en riesgo la economía del país.
CONSIDERANDO:
Que el Mal de Panamá causado por el patógeno Fusarium oxysporum f. sp. cúbense raza tropical 4 (Foc RT-4) es la principal amenaza para la producción mundial de bananos, así como existen diferentes métodos de propagación de las musáceas que no ofrecen seguridad de exclusión total del patógeno, y tomando en cuenta que la Raza Tropical cuatro de Fusarium oxysporum f. sp. cúbense (Foc RT-4) no se encuentra en el territorio nacional, la introducción al país de esta raza constituye riesgo para la producción de banano, plátano y otras musáceas, cultivos básicos para la alimentación y el comercio nacional e internacional, por lo que es de estricto interés general y del Estado, lo emisión del presente Acuerdo Ministerial.
POR TANTO:
En el ejercicio de las atribuciones que le confieren los artículos 194 de la Constitución Política de la República; 27 y 29 de la Ley del Organismo Ejecutivo, Decreto 114-97 del Congreso de la República; 6, y 24 de la Ley de Sanidad Vegetal y Animal, Decreto No. 36-98 del Congreso de la República; 6, 11, 14, 15, 23, 39 y 51 del Reglamento de la Ley de Sanidad Vegetal y Animal, Acuerdo Gubernativo No. 745-99; 6 y 7 del Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación, Acuerdo Gubernativo 338-2010.
ACUERDA:
DISPOSICIONES RELACIONADAS CON LA PREVENCIÓN DE LA INTRODUCCIÓN DE LA PLAGA CUARENTENARIA
Fusarium oxysporum f. sp. cúbense Raza 4 Tropical CONOCIDA COMO FOC RT-4 AUSENTE
EN EL TERRITORIO NACIONAL Y CAUSANTE DE LA ENFERMEDAD CONOCIDA COMO EL "MAL DE PANAMÁ".
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