ACTA MUNICIPAL 115-2013
Se acuerda aprobar la construcción e instalación del cementerio del Cantón Las Palmas de Aldea La Grandeza del municipio de San Pedro Sacatepéquez, departamento de San Marcos.
ACTA NÚMERO 115-2013
El Infrascrito Secretario del Concejo Municipal del Municipio de San Pedro Sacatepéquez Departamento de San Marcos, CERTIFICA: Tener a la vista el libro de actas en uso, de sesiones ordinarias y extraordinarias del Concejo Municipal, en el que aparece el acta que copiada en lo conducente dice:
ACTA NUMERO: CIENTO QUINCE GUIÓN DOS MIL TRECE (115-2,013). Sesión Pública Ordinaria celebrada por el Concejo Municipal del Municipio de San Pedro Sacatepéquez, Departamento de San Marcos, el día veinticinco de Septiembre del año dos mil trece, presidida por el Señor Alcalde Municipal Licenciado Carlos Enrique bautista Godínez, con asistencia de los Señores Síndicos Municipales: 1°. Perito Contador Sandra Marisa Ochoa Fuentes, 2°. Licenciado Edward Paúl Navarro Mérida y de los siguientes Concejales: 1°. Bachiller Industrial y Perito En Electricidad Oziel Jeremías Orozco Godinez, 2°. Perito Contador Fredy Otoniel Miranda Bautista, 3°. Profesor de Enseñanza Media Juan Pablo Miranda Ramos. 4°. Licenciada Dora María López Orozco, 5°. Profesor Mario Moisés Fuentes (único apellido). 6°. Arquitecto Héctor Ivan Santisteban Orozco, 7°. Profesor de Enseñanza Media Juan Elpidio Gómez Maldonado. Estando presente el Señor Secretario Municipal quién suscribe la presente, Perito Contador Artemio Saúl Bautista Orozco, siendo las diecisiete horas en punto en el Salón de Honor de esta Municipalidad, se procedió de la siguiente manera: PRIMERO:..... SEXTO: CONCEJO MUNICIPAL DEL MUNICIPIO DE SAN PEDRO SACATEPEQUEZ, DEPARTAMENTO DE SAN MARCOS. VEINTICINCO DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL TRECE. Se tiene a la vista el expediente administrativo, para la construcción del Cementerio del Cantón Las Palmas de la Aldea la Grandeza del municipio de San Pedro Sacatepéquez, Departamento de San Marcos y CONSIDERANDO: Que conforme a lo establecido en el artículo 112 del Decreto 90-97 del Congreso de la República, corresponde al Ministerio de Salud, en coordinación con las municipalidades y la Comisión Nacional del Medio Ambiente, establecer normas para la construcción, funcionamiento, ampliación o cierre de los cementerios en el país. CONSIDERANDO: Que el artículo 113 del Decreto anteriormente citado, establece que: Las municipalidades podrán autorizar también la construcción e instalación de nuevos cementerios, así como la ampliación y cierre de los mismos, previo dictamen del Ministerio de Salud y de la Comisión Nacional del Medio Ambiente. CONSIDERANDO: Que los vecinos del Cantón Las Palmas de Aldea La Grandeza del municipio de San Pedro Sacatepéquez, Departamento de San Marcos, por medio de sus autoridades representativas, iniciaron los trámites para la autorización de un cementerio ubicado en el Cantón Las Palmas de la citada aldea, habiendo a la presente fecha cumplidos con todos los requisitos que las leyes de la materia requieren. CONSIDERANDO: Que con base a lo estipulado por el articulo 112 del Decreto número 90-97 del Congreso de la República, el Ministerio de Salud por medio de la Unidad de Autorizaciones Sanitarias del Departamento de Regulación de los Programas de la Salud y Ambiente, emitió OPINION FAVORABLE al proyecto del cementerio denominado: "Cantón las Palmas", con fecha veintiocho de Noviembre del año dos mil doce y el Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales, por medio de la Dirección General de Gestión Ambiental y Recursos Naturales del citado ministerio, en resolución número dos mil ochocientos cuarenta y dos guión dos mil nueve diagonal ECM diagonal GB, de fecha doce de Agosto del año dos mil nueve, resolvió APROBAR el Estudio de Impacto Ambiental del Proyecto "Cementerio Las Palmas", dando con ello cumplimiento a lo preceptuado en la ley. CONSIDERANDO: Que con base en el artículo 113 del Decreto 90-97del Congreso de la República, en su parte conducente reza que las municipalidades podrán autorizar también la construcción de nuevos cementerios; en el presente caso y en base a los considerandos anteriores, los vecinos del Cantón Las Palmas de Aldea La Grandeza del municipio de San Pedro Sacatepéquez, Departamento de San Marcos, han cumplido con todos los requisitos que la ley requiere para la construcción de un cementerio en dicha localidad. POR TANTO: El Concejo Municipal, con fundamento en los artículos anteriormente citados y en los artículos 253 y 254 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 33, 35 incisos a), i) del Código Municipal, por Unanimidad ACUERDA: I) APROBAR LA CONSTRUCCIÓN E INSTALACIÓN DEL CEMENTERIO, del Cantón Las Palmas de Aldea La Grandeza del municipio de San Pedro Sacatepéquez. Departamento de San Marcos. II) LOCALIZACIÓN: El cementerio citado quedará instalado en la finca rústica número 160, 351, folio 71, del libro 574, del Departamento de San Marcos, ubicado en Cantón Las Palmas de la Aldea La Grandeza, del municipio de San Pedro Sacatepéquez, Departamento de San Marcos, en un área de Seis Mil Seiscientos Setenta y Dos metros cuadrados (6,672.00 mts.2), misma que está a nombre de Comunidad de Aldea La Grandeza del Municipio de San Pedro Sacatepéquez, Departamento de San Marcos y que se ha adquirido para dicho fin. III) LÍMITES: El cementerio en mención queda ubicado dentro de las siguientes medidas y colíndancias: NORTE: Ciento treinta y cinco metros con Oscar Santos González, mojón de por medio. ORIENTE: Cuarenta y cinco metros con Gonzalo Orozco Fuentes, rio de por medio. SUR: Ciento cuarenta y cuatro metros con Edgar Ardiano y herederos de apellidos Fuentes Juárez, mojón de por medio; y PONIENTE: Cincuenta y dos metros con calle de por medio y con Osvelí Yonattan Fuentes y Emigdio Godínez Tul; mojones y esquineros bien reconocidos en sus costeados, con una latitud de: 14°57'55'' y una longitud de 91°46'36". IV) El presente acuerdo surte efectos a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial. Transcríbase. (fs) Ilegibles: Lic. Carlos Enrique Bautista Godínez. Alcalde Municipal. Sandra Marisa Ochoa Fuentes. Edward Paúl Navarro Mérida. Oziel Jeremías Orozco Godínez. Fredy Otoniel Miranda Bautista. Juan Pablo Miranda Ramos. Dora María López Orozco. Mario Moisés Fuentes (único apellido). Héctor Ivan Santisteban Orozco. Juan Elpidio Gómez Maldonado. Certificó: Secretario Municipal. Sellos respectivos.
- Buscado: 1,968 veces.
- Ficha Técnica: 3 veces.
- Imagen Digital: 3 veces.
- Texto: 3 veces.
- Formato PDF: 0 veces.
- Formato Word: 2 veces.