ACTA 3,440-2013
Se acuerda fijar una tasa municipal por revisión extemporánea de buses urbanos y extraurbanos, escolares industriales y taxis fleteros.
ACTA NÚMERO 3,440-2013
EL INFRASCRITO SECRETARIO DE LA MUNICIPALIDAD DE VILLA NUEVA,
MUNICIPIO DEL DEPARTAMENTO DE GUATEMALA.
CERTIFICA:
Tener a la vista el libro de actas de sesiones públicas ordinarias de la Corporación Municipal en donde se encuentra el acta número tres mil cuatrocientos cuarenta guión dos mil trece (3,440-2013), de fecha veintidós de julio de dos mil trece, la que en su punto décimo primero, en su parte conducente copiado textualmente dice:
"DÉCIMO PRIMERO: ...El Concejo Municipal, CONSIDERANDO: Que el Concejo Municipal es el órgano colegiado superior de deliberación y de decisión de los asuntos municipales. CONSIDERANDO: Que corresponde con exclusividad al Concejo Municipal el ejercicio del gobierno del municipio y la iniciativa, deliberación y decisión de los asuntos municipales. Así como la emisión y aprobación de acuerdos, reglamentos y ordenanzas municipales. CONSIDERANDO: Que compete al Concejo Municipal la fijación de tasas por servicios administrativos y tasas por servicios públicos locales. CONSIDRANDO: Que el Departamento de Transportes de la Dirección de Servicios Públicos, solicita que se autorice el cobro para la revisión extemporánea de buses urbanos, extraurbanos, taxis, fletes, industriales, escolares y bici taxis, incluyendo multas correspondientes, de manera permanente, y siendo que dicha tasa se hace necesaria, toda vez, que los vehículos que no tengan la revisión anual correspondiente no pueden circular o en su caso se hacen acreedores a multas, es procedente autorizar la misma, debiendo emitir la resolución que en derecho corresponde. POR TANTO: Con base en lo considerado y lo que para el efecto preceptúan los artículos 253, 254 y 255 de la Constitución Política de la República de Guatemala, 9, 33, 35, 100 del Código Municipal, Decreto 12-2002 y sus reformas, ACUERDA:
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