ACTA MUNICIPAL 41-2013.5
Se acuerda PLAN DE TASAS, RENTAS, MULTAS Y DEMÁS TRIBUTOS PARA EL MUNICIPIO DE SAN RAFAEL PIE DE LA CUESTA.
LA INFRASCRITA SECRETARIA MUNICIPAL DE SAN RAFAEL, PIE DE LA CUESTA
DEL DEPARTAMENTO DE SAN MARCOS.
CERTIFICA:
Que en el acta No. 41-2013, de fecha 26 de junio de 2013, se encuentra contenido el punto QUINTO, que copiado literalmente dice:
QUINTO:
EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN RAFAEL PÍE DE LA CUESTA, DEPARTAMENTO DE SAN MARCOS
CONSIDERANDO:
Que el artículo 253 de la Constitución Política de la República, establece que los municipios de la República de Guatemala, son instituciones autónomas. Entre otras funciones les corresponde obtener y disponer de sus recursos; y atender los servicios públicos locales, el ordenamiento territorial de su jurisdicción y el cumplimiento de sus fines propios.
CONSIDERANDO:
Que el artículo 72 del Código Municipal establece que el municipio debe regular y prestar los servicios públicos municipales, por lo tanto tiene competencia para establecerlos, mantenerlos, ampliarlos y mejorarlos, garantizando un funcionamiento eficaz, seguro y continuo, para lo que tiene la facultad de determinar y cobrar tasas y contribuciones equitativas y justas. Las tasas y contribuciones deberán ser fijadas atendiendo a los costos de operación, mantenimiento y mejoramiento de calidad y cobertura de servicios.
CONSIDERANDO:
Que el plan de arbitrios del Municipio de San Rafael Pie de la Cuesta que incluye las tasas por servicios, fue aprobado en el año dos mil, por lo que ya sus valores son obsoletos y no alcanzan a la municipalidad para cubrir los costos de prestación de los servicios administrativos y públicos municipales.
POR TANTO:
Con fundamento en lo considerado y lo que para el efecto preceptúan los artículos 253, 254 y 255 de la Constitución Política de la República: 3, 33, 35, 68, 72, 100 y 101 del Código Municipal, por unanimidad:
ACUERDA:
Aprobar el siguiente:
PLAN DE TASAS, RENTAS, MULTAS Y DEMÁS TRIBUTOS
PARA EL MUNICPIO DE SAN RAFAEL PIE DE LA CUESTA
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