ACUERDO GUBERNATIVO 222-2013
Se acuerda fijar en la cantidad de Dos Mil Quetzales las dietas que por sesión devenga cada uno de los miembros de la Junta Directiva del Instituto Técnico de Capacitación y Productividad -INTECAP-.
*Derogado por el Artículo 2, del Acuerdo Gubernativo 193-2023 el 26-08-2023
ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 222-2013
Guatemala, 16 de mayo de 2013
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
CONSIDERANDO:
Que por medio del Decreto número 17-72 del Congreso de la República, se creó el Instituto Técnico de Capacitación y Productividad -INTECAP-, para actuar por delegación del Estado, como una entidad descentralizada, técnica, no lucrativa, patrimonio propio, fondos privativos y plena capacidad para adquirir derechos y obligaciones.
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con el artículo 16 del Decreto citado en el considerando anterior, los Directores y Secretarios de la Junta Directiva del Instituto Técnico de Capacitación y Productividad -INTECAP-, percibirán dietas por las sesiones a que asistan de acuerdo al reglamento específico. Y debido a que se han generado más actividades y responsabilidades para los miembros de la Junta Directiva, el tiempo de las sesiones que realizan es prolongado, por lo que por medio del Acta número 42-2012 de fecha 8 de noviembre de 2012, dicha Junta modificó el Reglamento específico a que se refiere la Ley, incrementando el monto de la dieta por sesión que se celebre. Razón por la cual debe emitirse la Disposición legal que en derecho corresponde.
POR TANTO:
En ejercicio de las funciones que le confiere el Artículo 183, literal e) de la Constitución Política de la República de Guatemala; y con base en el Artículo 78 del Decreto número 101-97 del Congreso de la República, Ley Orgánica del Presupuesto.
ACUERDA:
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