ACUERDO GUBERNATIVO  376-2012

Se acuerda aprobar la disminución del presupuesto de ingresos del instituto de Fomento Municipal, que corresponde al ejercicio fiscal 2012.


ACUERDO GUBERNATIVO No. 376-2012

Guatemala, 28 de diciembre de 2012


EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA,


CONSIDERANDO:

Que la Constitución Política de la República, establece que el Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado, aprobado para cada ejercicio fiscal, de conformidad con lo establecido en la misma, incluirá la estimación de todos los ingresos a obtener y el detalle de los gastos e inversiones por realizar. La unidad del presupuesto es obligatoria y su estructura programática. Todos los ingresos del Estado constituyen un fondo común indivisible destinado exclusivamente a cubrir sus egresos;


CONSIDERANDO:

Que el Decreto No. 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto y su Reglamento establecen que las modificaciones de la ejecución de los presupuestos de las entidades descentralizadas con excepción de las autónomas, que impliquen la disminución de los resultados económicos y financieros previstos, o la alteración sustancial de la inversión programada o el incremento del endeudamiento autorizado, deben ser analizados y decididos por el Organismo Ejecutivo, oída la opinión del Ministerio de Finanzas Públicas;


CONSIDERANDO:

Que el Instituto de Fomento Municipal (Infom), solicitó al Ministerio de Finanzas Públicas disminuir su Presupuesto de Ingresos y Egresos para el presente ejercicio fiscal, por el monto de Q 198,822,837, con el objeto de compatibilizar la asignación programada como aporte a dicho Instituto, en la entidad Obligaciones del Estado a Cargo del Tesoro, donde se disminuyó tal espacio presupuestario mediante Acuerdos Gubernativos de Presupuesto Nos. 6-2012, 9-2012 y 18-2012 del 22 junio, 9 de agosto y 25 de octubre de 2012; y los Acuerdos Ministeriales de Presupuesto Nos. 80-2012, 213-2012 y 258-2012 del 13 de junio, 8 de noviembre y 13 de diciembre de 2012;


CONSIDERANDO:

Que al tenor de lo que preceptúa el Decreto No. 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto, Artículo 29, las autoridades del Instituto de Fomento Municipal (Infom), serán los autorizadores de egresos en cuanto a su respectivo presupuesto, por lo que, queda bajo su responsabilidad la disminución presupuestaria propuesta;


CONSIDERANDO:

Que se han cumplido los requisitos legales correspondientes, y tomando en cuenta el Dictamen No. 754 de fecha 21 DIC. 2012, emitido por la Dirección Técnica del Presupuesto y la Resolución No. 495 de fecha 26/12/2012, emitida por el Ministerio de Finanzas Públicas;


POR TANTO:

En ejercicio de las funciones que le confiere la Constitución Política de la República de Guatemala en el Artículo 183, literales e) y q), lo que indica el Decreto No. 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto, Artículo 41, y lo que establece el Acuerdo Gubernativo No. 240-98, Reglamento de la citada Ley, Artículo 25;


ACUERDA:

 
...
Consultas:
  • Buscado: 3,536 veces.
  • Ficha Técnica: 4 veces.
  • Imagen Digital: 4 veces.
  • Texto: 2 veces.
Descargas:
  • Formato PDF: 0 veces.
  • Formato Word: 2 veces.
Etiquetas:

Deje un comentario commentÚltimos comentarios públicos
    comment Aún no hay comentarios para la publicación.

    Usted puede ser el primero en dejar un comentario.

Deje un comentario commentÚltimos comentarios privados
    comment Aún no hay comentarios para la publicación.

    Usted puede ser el primero en dejar un comentario.

mode_editEscriba su Comentario:
Información importante! Usted puede dejar un comentario sobre esta publicación y decidir si la desea hacer pública.

menu
menu