ACUERDO GUBERNATIVO 207-2012
Se adscribe a favor del Organismo Judicial, de Guastatoya, departamento de EL Progreso la Finca Rústica inscrita en el Registro General de la Propiedad de la Zona Central.
ACUERDO GUBERNATIVO No. 207-2012
Guatemala, 30 de agosto de 2012
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO
Que la Constitución Política de la República de Guatemala, establece que son bienes del Estado, entre otros, los de dominio público. Asimismo, al Ministerio de Finanzas Públicas le corresponde cumplir y hacer cumplir todo lo relativo al régimen jurídico hacendario del Estado, incluyendo el registro y control de los bienes que constituyen el patrimonio del Estado.
CONSIDERANDO
Que la Dirección de Bienes del Estado a través del expediente O-1781-2010, opinó de manera favorable la adscripción a favor del Organismo Judicial, de la finca rústica inscrita en el Registro General de la Propiedad de la Zona Central, bajo el número 5869, folio 369 del libro 32E de El Progreso, propiedad del Estado, para el funcionamiento del Juzgado de Paz, Juzgado de Primera Instancia y Juzgado de Sentencia en el municipio de Guastatoya, departamento de El Progreso; por lo que es conveniente emitir la disposición legal correspondiente, la cual es de estricto interés del Estado y como consecuencia, la publicación deberá efectuarse sin costo alguno.
POR TANTO
En ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 183 literales e) y q) de la Constitución Política de la República de Guatemala; y con fundamento en los artículos 27 literales i) y j); y 35 literal m) del Decreto número 114-97 del Congreso de la República, Ley del Organismo Ejecutivo.
ACUERDA
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