ACTA MUNICIPAL 048-2012.4
Se autoriza las tasas para el servicio de agua, propuestas por la Comisión de Aguas y Drenajes de la Municipalidad de Escuintla, del Departamento de Escuintla.
ACTA NÚMERO 048-2012 PUNTO CUARTO
El Infrascrito Secretario Municipal de la Municipalidad de Escuintla
CERTIFICA: Que en el acta número 048-2012, de la sesión pública ordinaria celebrada por el Concejo Municipal con fecha treinta y uno de mayo del año dos mil doce se encuentra el punto CUARTO que dice:
"... CUARTO: EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DE ESCUINTLA DEL DEPARTAMENTO DE ESCUINTLA: Tiene a la vista el dictamen número cero noventa y seis dos mil doce de fecha veintiocho de mayo del año en curso emitido por la COMISIÓN DE AGUAS Y DRENAJES; y, CONSIDERANDO: Que es obligación de las autoridades municipales emitir normas y procedimientos internos que contribuyan a dar mayor consistencia, agilidad y efectividad a la gestión municipal; CONSIDERANDO: Que una de las atribuciones es realizar las propuestas necesarias para la formulación y establecimiento de tarifas conforme a las cuales deberán cobrarse los servicios de agua Potable y Drenajes. POR TANTO: Fundamentado en los considerandos del Reglamento Interno del Concejo Municipal de Escuintla y Atribuciones mínimas de la comisión de aguas y drenajes art. 14.8 de dicho Reglamento, arriba señalados; detallamos la propuesta siguiente:
Títulos de Agua | Precio Actual: | Propuesta: |
Endoso y traspaso de 1/2 paja de Agua | Q. 50.00 | Q.250.00 |
Endoso y traspaso de 1 paja de Agua | Q.100.00 | Q.500.00 |
Reposición de 1/2 y 1 paja de agua | Q. 50.00 | Q. 150.00 |
Es cuanto se informa para lo conveniente a resolver. Atentamente, COMISION DE AGUAS Y DRENAJES: José Arturo Gonzáles Zarceño, Concejal Segundo. Ing. Flavio Welmer Reyes Rodas, Concejal Primero. Lic. Oscar Aníbal Rodríguez García, Concejal Décimo. POR TANTO: El Honorable Concejo Municipal de Escuintla, de conformidad con los artículos 253 y 261 de la Constitución Política de la República, de Guatemala, 1, 2, 3, 35 literal n), 42, 72, 101 y 105 del Código Municipal, después de deliberar, al resolver por unanimidad, ACUERDA:
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