ACUERDO GUBERNATIVO  102-2012

Reglamento para la prestación del Servicio Cívico Militar


ACUERDO GUBERNATIVO No. 102-2012

Guatemala, 23 de mayo de 2012


EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA


CONSIDERANDO:

Que la Constitución Política de la República de Guatemala, establece que son deberes y derechos de los guatemaltecos, además de los consignados en otras normas de la Constitución y leyes de la República, servir y defender a la Patria y prestar servicio militar y social, de acuerdo con la ley.


CONSIDERANDO

Que es de estricto interés del Estado, desarrollar la participación de los ciudadanos guatemaltecos para la prestación del Servicio Cívico Militar en la Fuerza Permanente y en las Reservas Militares.


CONSIDERANDO

Que mediante el Decreto Número 20-2003 del Congreso de la República, se emitió la Ley del Servicio Cívico, cuyo objetivo en la modalidad del Servicio Cívico Militar, es capacitar a los ciudadanos guatemaltecos para la defensa armada de la patria, dentro de una doctrina militar respetuosa de los Derechos Humanos y los valores cívicos, políticos y morales. Con base en lo anterior, es necesario dictar la disposición legal correspondiente, con el objeto de desarrollar la prestación de ese servicio.


POR TANTO

En ejercicio de las funciones que le confiere el Artículo 183 literal e) de la Constitución Política de la República de Guatemala; y con fundamento en lo establecido en los artículos: 27 literales j) y k) y 37 del Decreto Número 114-97, Ley del Organismo Ejecutivo; 3, 18, literal l), 34 y 51 del Decreto Número 20-2003, Ley del Servicio Cívico; 68, 69, 70, 75 y 76 del Decreto Número 72-90, Ley Constitutiva del Ejército de Guatemala, todos los decretos del Congreso de la República: y, 1, 4, 31, 32 y 33 del Acuerdo Gubernativo No. 345-2010, Reglamento de la Ley del Servicio Cívico.


ACUERDA:

Emitir el siguiente:


"REGLAMENTO PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO CÍVICO MILITAR"


TÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
CAPÍTULO ÚNICO DE LAS GENERALIDADES

 
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