ACUERDO GUBERNATIVO 26-2012
Se adscribe a favor del Ministerio de Salud Pública y Asistencia social, la finca rústica ubicada en el cantón El Astillero, aldea Papaturro, Municipio de Guazacapán, Santa Rosa
ACUERDO GUBERNATIVO No. 26-2012
Guatemala, 11 de enero del 2012
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO
Que la Constitución Política de la República de Guatemala, establece que son bienes del Estado, entre otros, los de dominio público. Asimismo, al Ministerio de Finanzas Públicas le corresponde cumplir y hacer cumplir todo lo relativo al régimen jurídico hacendario del Estado, incluyendo el registro y control de los bienes que constituyen el patrimonio del Estado.
CONSIDERANDO
Que la Dirección de Bienes del Estado a través del expediente D-2222-2006, opinó de manera favorable la adscripción a favor del Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, de la finca rústica inscrita en el Registro General de la Propiedad de la Zona Central, bajo el número 1159, folio 59 del libro 207 de Santa Rosa, propiedad del Estado, en virtud que será para el funcionamiento del Puesto de Salud del cantón El Astillero, aldea Papaturro, municipio de Guazacapán, departamento de Santa Rosa; en consecuencia, resulta conveniente emitir la disposición legal correspondiente, la cual es de estricto interés del Estado.
POR TANTO
En ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 183 literales e) y q) de la Constitución Política de la República de Guatemala; y con fundamento en los artículos 27 literales i) y j); y 35 literal m) del Decreto número 114-97 del Congreso de la República, Ley del Organismo Ejecutivo.
ACUERDA
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