ACUERDO 9-2011
Acuerda que todo funcionario o empleado del Organismo Judicial que desee optar a un postgrado, especialización u otra capacitación o actualización, que implique ausentarse de sus labores deberá solicitar la licencia respectiva.
ACUERDO No. 9-2011
CONSIDERANDO:
Que es conveniente y necesario que la Corte Suprema de Justicia promueva constantemente la capacitación y actualización del personal del Organismo Judicial, de los profesionales vinculados al mismo, a efecto de prestar un servicio eficaz y eficiente en lo relativo a la administración de justicia.
CONSIDERANDO:
Que por razones de orden y certeza se hace imperativo regular el procedimiento para que, funcionarios, empleados y personas vinculadas profesionalmente al Organismo Judicial puedan optar a capacitaciones o actualizaciones que implique tener que ausentarse de sus labores, con o sin goce de remuneración, sin que ello perjudique la prestación de servicios jurisdiccionales y administrativos.
POR TANTO:
Con base en lo considerado y lo que para el efecto preceptúan los artículos 205 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 53, 54 literales a) y f) de la Ley del Organismo Judicial,
ACUERDA:
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