ACUERDO GUBERNATIVO 390-2010
Se aprueba con efecto del uno de enero y con vigencia hasta el treinta y uno de diciembre de dos mil once, los Sueldos Básicos para los Puestos del Magisterio Nacional que desarrollan labores docentes, técnicas y técnico-administrativas.
*Derogado por Acuerdo Gubernativo Número 523-2011 de fecha 01-01-2012.
ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 390-2010
Guatemala, 30 de diciembre del 2010
El Presidente de la República,
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con lo establecido en el Artículo 53 del Decreto Número 1485 del Congreso de la República. "Capitulo de la Dignificación y Catalogación del Magisterio Nacional", los Sueldos Básicos del Magisterio Nacional serán filados anualmente por al Organismo Ejecutivo, por lo que se hace necesario emitir la disposición legal que apruebe los sueldos de dicho gremio, los que tendrán vigencia del uno de enero al treinta y uno de diciembre de dos mil once.
POR TANTO:
En ejercicio de las funciones que le confiere la literal e) del Artículo 183 de la Constitución Política de la República de Guatemala,
ACUERDA:
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