ACUERDO 40-2010
Reglamento para la aplicación de Medidas de Protección a Niños Privados de su medio familiar por parte de juzgados que ejercen competencia en materia de niñez y adolescencia amenazada o violada en sus derechos.
ACUERDO No. 40-2010
CONSIDERANDO:
Que la Constitución Política de la República de Guatemala, reconoce y declara de interés nacional la protección de los niños huérfanos y de los niños abandonados, en congruencia con la Convención Sobre los Derechos del Niño y con la Ley de Protección Integral de la Niñez y Adolescencia, que reconoce que todo niño, niña y adolescente tiene derecho a ser criado y educado en el seno de su familia, asegurándole la convivencia familiar y comunitaria.
CONSIDERANDO:
Que dentro del Sistema de Protección de la Niñez en situación de vulnerabilidad, es necesaria una reglamentación que permita adecuar la práctica judicial a la normativa vigente, específicamente en la aplicación de medidas de protección a favor de niños privados de su medio familiar.
CONSIDERANDO:
Que es facultad de la Corte Suprema de Justicia emitir los reglamentos que le corresponden conforme a la ley, en materia de las funciones jurisdiccionales y en atención al desarrollo de las actividades propias de los órganos jurisdiccionales.
POR TANTO:
Con fundamento en los artículos 1, 2, 47, 54 y 203 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 21 de la Convención de los Derechos del Niño; 18 y 22 de la Ley de protección Integral de la Niñez y Adolescencia, Decreto 27-2003, del Congreso de la República; 17 y 22 de la Ley de Adopciones, Decreto 77-2007, del Congreso de la República; 31, 52, 54 inciso f, 104 y 105 de la Ley del Organismo judicial.
ACUERDA:
Emitir el siguiente
REGLAMENTO PARA LA APLICACIÓN DE MEDIDAS DE PROTECCIÓN A NIÑOS PRIVADOS DE SU MEDIO FAMILIAR POR PARTE DE JUZGADOS QUE EJERCEN COMPETENCIA EN MATERIA DE NIÑEZ Y ADOLESCENCIA AMENAZADA O VIOLADA EN SUS DERECHOS HUMANOS.
CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
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