ACUERDO GUBERNATIVO 98-2010
Se acuerda otorgar a partir del uno de enero del dos mil diez, un incremento del 10% a los sueldos básicos y salario inicial, a los puestos que se indican.
*Derogado por el artículo 18 del Acuerdo Gubernativo 390-2010 del Presidente de la República de fecha 30-12-2010.
ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 98-2010
Guatemala, 19 de marzo del 2010
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,
CONSIDERANDO:
Que mediante Acuerdo Gubernativo Número 388-2009, de fecha 30 de diciembre de 2009, se aprobó con efectos del uno de enero y con vigencia hasta el treinta y uno de diciembre de dos mil diez, los Sueldos Básicos para los puestos del Magisterio Nacional que desarrollan labores docentes, técnicas y técnico-administrativas en establecimientos de enseñanza o dependencias de los Ministerios de Educación y de Cultura y Deportes, según lo establece el Decreto Número 1485 y sus modificaciones contenidas en el Decreto Número 66-88, ambos del Congreso de la República de Guatemala.
CONSIDERANDO:
Que mediante Pacto Colectivo de Condiciones de Trabajo y el Convenio de fecha 26 de febrero de 2010, suscrito entre el Ministerio de Educación, representantes de gobierno y Organizaciones Sindicales, se estableció otorgar un incremento del 10% al salario inicial de todos los puestos del Magisterio Nacional que ejercen funciones docentes, comprendidos bajo los renglones presupuestarios 011 "Personal Permanente", 021 "Personal Supernumerario" y 022 "Personal por Contrato".
CONSIDERANDO:
Que el Presidente de la República consciente de la dedicación especial que los miembros del Magisterio Nacional brindan a la niñez guatemalteca, y como estímulo a continuar fomentando la profesionalización del Magisterio, establece otorgar el incremento en mención a partir del uno de enero de 2010.
POR TANTO:
En ejercicio de las funciones que le confiere la literal e) del Artículo 183 de la Constitución Política de la República de Guatemala,
ACUERDA:
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