DECRETO DEL CONGRESO  9-2010

Ley que dispone exonerar de todo Impuesto que recaiga sobre la Importación e Internación de Equipos y Suministros a favor de los Clubes Rotarios de Guatemala.


DECRETO NÚMERO 9-2010


EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA


CONSIDERANDO:

Que la Constitución Política de la República de Guatemala establece que es deber del Estado garantizar la vida, la libertad, la justicia, la paz y el desarrollo integral de todos los habitantes del país.


CONSIDERANDO:

Que los Clubes Rotarios de Guatemala se han dedicado a realizar obras de beneficio social, desde hace aproximadamente 75 años, apoyando a la educación, la salud y la mitigación de la pobreza de muchos guatemaltecos


CONSIDERANDO:

Que para llevar a cabo sus programas de beneficio social, requieren del apoyo de los Clubes Rotarios del extranjero, a través de donaciones y equipos, medicamentos y suministros que Ingresan al país para ayudar a las clases más necesitadas.


CONSIDERANDO:

Que numerosa ayuda se ha perdido, ya que los Clubes Rotarios Nacionales no han logrado cubrir el pago de los impuestos y derechos arancelarios en las donaciones.


POR TANTO:

En ejercicio de las atribuciones que le confieren el artículo 171 literal a) y 239 literal b) de la Constitución Política de la República de Guatemala,


DECRETA:

La siguiente:


LEY QUE DISPONE EXONERAR DE TODO IMPUESTO QUE RECAIGA SOBRE LA IMPORTACION E INTERNACIÓN DE EQUIPOS Y SUMINISTROS A FAVOR DE LOS CLUBES ROTARIOS DE GUATEMALA

 
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