ACUERDO MINISTERIAL 15-2010
Se acuerda autorizar la prorroga del plazo de los Contratos Abiertos celebrados por la Dirección Normativa de Contrataciones del Estado.
ACUERDO MINISTERIAL NUMERO 15-2010
Guatemala, 17 de febrero de 2010
EL VICEMINISTRO DE FINANZAS PÚBLICAS
ENCARGADO DEL DESPACHO
CONSIDERANDO:
Que la Constitución Política de la República de Guatemala, establece en sus artículos 1 y 44 que el fin supremo del Estado es la realización del Bien común y que el interés social prevalece sobre el interés particular, así mismo en sus artículos 94 y 95 se establece que es deber del Estado velar por la salud y por la asistencia social de todos los habitantes; para efecto de resguardar la salud considerada como un bien público, desarrollará a través de sus instituciones, acciones de prevención, promoción, recuperación, rehabilitación, coordinación y las complementarias pertinentes a fin de procurarles el más complete bienestar físico, mental y social.
CONSIDERANDO:
Que la Dirección Normativa de Contrataciones y Adquisiciones del Estado llevó a cabo el Concurso Nacional de Oferta de Precios DNCAE número once guión dos mil cinco (DNCAE No. 11-2005), con el objeto de adquirir Productos Medicinales y Farmacéuticos Paquete Extraordinario cuatro (4), que incluye fármacos de los siguientes: Sistema Nervioso, Sistema Genitourinario, Líquidos y Electrolitos, Antidotos Respiratorios; sin embargo, por convenir a los intereses del Estado a solicitud de los proveedores y de mutuo acuerdo con las entidades del Estado requirentes del Concurso, es necesario prorrogar la vigencia de los Contratos Abiertos celebrados oportunamente.
POR TANTO:
En ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 194 literal f), de la Constitución Política de la República de Guatemala y con base en lo preceptuado en los artículos 27 literal m), 35 literal t) del Decreto número 114-97; 42, 46, 47, 48, 49 y 51 del Decreto número 57-92, ambos Decretos del Congreso de la República Ley del Organismo Ejecutivo y Ley de Contrataciones del Estado, respectivamente; y artículos 25, 26 y 27 del Acuerdo Gubernativo número 1056-92, Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado y sus reformas.
ACUERDA:
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