ACUERDO GUBERNATIVO  88-2009

Se acuerda conceder la nacionalidad guatemalteca por naturalización al señor NABIL RADI MOHAMMAD RADI ABDELGHANI.


ACUERDO GUBERNATIVO No. 88-2009

Guatemala, 25 de marzo del 2009


EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA


CONSIDERANDO:

Que la Constitución Política de la República de Guatemala reconoce la nacionalidad guatemalteca por naturalización y otorga a los guatemaltecos naturalizados los mismos derechos que a los de origen, salvo las limitaciones que la misma establece.


CONSIDERANDO:

Que el señor NABIL RADI MOHAMMAD RADI ABDELGHANI también identificado como NABIL RADI MOHAMMAD RADI ABDEL GHANI, NABIL RADI MOHAMMAD RADI ABDELBANI, NABIL RADI MOHAMAD RADI ABDELBANI, NABIL RADI MOHAMMAD RADI, NABIL RADI MOHAMAD KADR, NABIL RADI MOHAMAD, N. RADI NABIL R. M. RADI, NABIL RADI ABDEL GHANI, NABIL RADI ABDELGHANI, NABIL RADI MOHANMAD RADI ABDEL GHANI, RADI NABIL RADI MOHAMMAD, NABIL MOHAMMAD RADI, NABIL MOHAMAD RADI, NABIL RADI, NABIL RAD MOHMMAD RADI, NABIL RADI MOHAMMAD RABI, MOHAMMAD RDI MOHAMMAD RADIM RADI MOHAMMAD RADI NABIL, NABEEL RADI MOH´D RADI, NABIL RADI MOH´D RADI, NABIL RADY MOHAMMAD RADY, NABIL RADI MOH´D RADY Y NABIL RADI MOH´D RADI ABDELGHANIL, inscrito en la Dirección General de Migración como Jordano Residente en partida 173, folio 173 del libro 373 de Extranjeros Residentes y como Domiciliado en la partida 434, folio 434 del libio 47 de Extranjeros Domiciliados del Registro Civil del Registro Nacional de las Personas de Guatemala, Departamento de Guatemala, solicito su naturalización guatemalteca en expediento cuyo trámite satisfizo todos sus requisitos y formalidades legales pertinentes.


POR TANTO:

En ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 183, literal e) de la Constitución Política de la República.


ACUERDA:

 
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