PUBLICACIONES VARIAS 26-03-2009
Reglamento de Elecciones del Colegio de Médicos Veterinarios y Zootecnistas de Guatemala.
REGLAMENTO DE ELECCIONES DEL COLEGIO DE MÉDICOS VETERINARIOS Y ZOOTECNISTAS DE GUATEMALA.
LA ASAMBLEA GENERAL DEL COLEGIO DE MÉDICOS VETERINARIOS Y
ZOOTECNISTAS DE GUATEMALA
CONSIDERANDO
Que el Tribunal Electoral en aras de que el Reglamento de Elecciones del Colegio Profesional de Médicos Veterinarios y Zootecnistas, armonice con lo que para el efecto preceptúan la Ley de Colegiación Profesional Obligatoria y los Estatutos del Colegio de Médicos Veterinarios y Zootecnistas de Guatemala, ha convocado a la presente Asamblea General Extraordinaria para proceder a la aprobación de la modificación por sustitución total de los mismos.
CONSIDERANDO
Que el actual Reglamento de Elecciones, se refiere al Colegio de Médicos Veterinarios y Zootecnistas, indistintamente como Colegio Profesional de Médicos y Veterinarios y Zootecnistas de Guatemala o Colegio de Médicos Veterinarios y Zootecnistas, cuando el nombre correcto según los Estatutos es el de COLEGIO DE MÉDICOS VETERINARIOS Y ZOOTECNISTAS DE GUATEMALA.
CONSIDERANDO
Que el Reglamento de Elecciones, contempla en su texto los recursos de NULIDAD y RECONSIDERACIÓN, los cuales no son regulados por la Ley de Colegiación Profesional Obligatoria.-
POR TANTO
Esta Asamblea General Extraordinaria, con base en el Artículo 13 inciso b), de la Ley de Colegiación Profesional Obligatoria (Decreto 72-2001 del Congreso de la República de Guatemala) y Artículos 33 inciso c) y 94 de los Estatutos del Colegio de Médicos Veterinarios y Zootecnistas de Guatemala, aprueba la modificación por sustitución total del Reglamento de Elecciones del Colegio de Médicos Veterinarios y Zootecnistas de Guatemala, el que queda redactado de la manera siguiente:
REGLAMENTO DE ELECCIONES DEL COLEGIO DE MÉDICOS VETERINARIOS Y ZOOTECNISTAS DE
GUATEMALA
CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
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