ACUERDO GUBERNATIVO 467-76
APRUÉBASE LA NORMA GUATEMALTECA OBLIGATORIA DE CALIDAD "COGUANOR NGO 44 060 PLAGUICIDAS".
ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 467-76
Palacio Nacional: Guatemala, 18 de julio de 1986.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,
CONSIDERANDO:
Que corresponde a la Comisión Guatemalteca de Normas, estudiar, elaborar adoptar y proponer al Organismo Ejecutivo, por conducto del Ministerio de Economía, la aprobación de Normas que se consideren de utilidad para el país y contribuyan a fomentar el desarrollo industrial estableciendo principios de equidad en las relaciones entre productores y consumidores;
CONSIDERANDO:
Que el Consejo Directivo de la Comisión Guatemalteca de Normas, en el Punto Quinto inciso b), Acta Número 3-86, de sesión celebrada el día 21 de enero de 1986, emitió la Resolución Número 3-86, en la que se adopta la Norma: "COGUANOR NGO 44 060 PLAGUICIDAS. Insecticidas orgánicos halogenados. Heptacloro. Polvos mojables. Especificaciones". Habiéndose satisfecho todos los requisitos en la adpoción de dicha Norma, es procedente acordar su aprobación en forma legal,
POR TANTO,
En el ejercicio de las funciones que le confiere el Artículo 183, inciso e) de la Constitución Política de la República de Guatemala y con basé en el Artículo 6o. del Decreto 1523 del Congreso de la República, Ley de Creación de la Comisión Guatemalteca de Normas COGUANOR,
ACUERDA:
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