ACUERDO GUBERNATIVO  13-2009

Se acuerda derogar el Acuerdo Gubernativo 237-2003, en consecuencia se deja sin efecto el usufructo que existe a favor de la Fundación Pediátrica Guatemalteca.

*Derogado por el artículo 3 del Acuerdo Gubernativo 98-2011 del Presidente de la República de fecha 18-03-2011


ACUERDO GUBERNATIVO No. 13-2009

Guatemala, 19 de enero del 2009


EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA


CONSIDERANDO:

Que constitucionalmente corresponde al Presidente de la República administrar la hacienda pública con arreglo a la ley;


CONSIDERANDO:

Que de conformidad con el Acuerdo Gubernativo número 237-2003 de fecha 22 de abril de 2003, se acordó otorgar a la Fundación Pediátrica Guatemalteca usufructo a título gratuito, por el plazo de 50 años, las fincas inscritas en el Registro General de la Propiedad de la Zona Central con los números 507 y 1736, folios 121 y 32 de los libros 1444 y 1350 de Guatemala, con la condición resolutoria que en el pla2o de 24 meses contados a partir de la fecha de la formal entrega de los Inmuebles construyera el Hospital Pediátrico de Especialidades; según consta dentro del expediente número P-747-2008 de la Dirección de Bienes del Estado del Ministerio de Finanzas Públicas, cuya condición se pudo establecer a la presente fecha incumplió, por lo que resulta conveniente emitir la disposición legal correspondiente, que derogue el Acuerdo Gubernativo en referencia y se deje sin efecto el usufructo otorgado a favor de dicha Fundación, y como consecuencia, se adscriban las mismas al Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, con destino exclusivo para la construcción del Hospital de Especialidades Infantiles;


POR TANTO:

En ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 183 literales e) y q) de la Constitución Política de la República de Guatemala; y con fundamento en los artículos 27 literales i) y j) 35 literal m) del Decreto número 114-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley del Organismo Ejecutivo.


ACUERDA:

 
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