PUBLICACIONES VARIAS 15-01-2009
Reglamento de Dietas y Asignaciones Monetarias, para el Tribunal Electoral del Deporte Federado.
TRIBUNAL ELECTORAL DEL DEPORTE FEDERADO
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con lo establecido en los artículos 152 y 153 de la Ley Nacional para el Desarrollo de la Cultura Física y del Deporte, Decreto Número 76-97 del Congreso de la República de Guatemala, Artículos 2, 3, 4, 6, 17 del Reglamento del Tribunal Electoral del Deporte Federado; este órgano puede disponer de dietas por sesiones, supervisiones y/o eventos en que se participe fuera de la sede del Tribunal relacionados con los fines y objetivos de dicho ente, asimismo de la asignación monetaria en los casos de supervisión en donde se puede delegar la representación en personas idóneas para supervisar el cumplimiento de sus funciones.
CONSIDERANDO:
Que, por disposición legal, esta entidad goza de autonomía administrativa, financiera y funcional con respecto a los organismos rectores del Deporte Federado, asignándosele los recursos económicos necesarios para cubrir los gastos que de conformidad a su naturaleza y a sus funciones así lo exige.
CONSIDERANDO:
La necesidad de actualizar reglamentariamente lo relativo a las dietas a efecto que el Tribunal Electoral del Deporte Federado cuente con una regulación adecuada a las exigencias de los principios de la administración pública, con el propósito de fortalecer el marco normativo de la misma, en especial, lo concerniente a la celebración de las sesiones, supervisiones y/o eventos en que se participe fuera de la sede del Tribunal, en materia electoral.
POR TANTO:
En ejercicio de las atribuciones que le confieren las normas antes citadas y el artículo 150 de la Ley Nacional para el Desarrollo de la Cultura Física y del Deporte, Decreto Número 76-97 del Congreso de la República de Guatemala, y lo considerado.
ACUERDA:
Emitir el siguiente:
REGLAMENTO DE DIETAS Y ASIGNACIONES MONETARIAS, PARA EL TRIBUNAL ELECTORAL DEL DEPORTE FEDERADO.
DISPOSICIONES GENERALES
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