ACUERDO 247-2008
Resuelve aprobar la Ampliación Prespuestaria No. 3 del Registro Nacional de las Personas -RENAP-.
ACUERDO DE DIRECTORIO No. 247-2008
APROBACIÓN DE AMPLIACIÓN PRESUPUESTARIA No. 3
EL DIRECTORIO DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS -RENAP-
CONSIDERANDO
Que el Artículo 1 del Decreto Número 90-2005 del Congreso de la República de Guatemala, crea el Registro Nacional de las Personas -RENAP-, como una Entidad autónoma, de Derecho Público, con personalidad jurídica, patrimonio propio y plena capacidad para adquirir derechos y contraer obligaciones. Que el Registro Nacional de las Personas es la entidad encargada de organizar y mantener el registro único de identificación de las personas naturales, inscribir los hechos y actos relativos a su estado civil, capacidad civil y demás datos de identificación desde su nacimiento hasta la muerte, así como la emisión del Documento Personal de Identificación.
CONSIDERANDO
Que mediante el Decreto Número 19-2008 del Congreso de la República de Guatemala se aprobó el préstamo No. 52-0403-0998BIRF-7482-GU "Tercer Préstamo para políticas de Desarrollo de base amplia", en el que se asignaron CINCUENTA MILLONES DE QUETZALES EXACTOS (Q. 50,000,000.00), para el Registro Nacional de las Personas -RENAP-.
CONSIDERANDO
Que el Ministerio de Finanzas Públicas realizó las operaciones presupuestarias correspondientes para trasladar al Registro Nacional de las Personas -RENAP-, la cantidad de DIEZ MILLONES DE QUETZALES EXACTOS (Q. 10,000,000.00).
CONSIDERANDO
Que para dar cumplimiento al Decreto No. 19-2008 del Congreso de la República, es necesario realizar la Ampliación Presupuestaria correspondiente de manera que se incorporen los recursos autorizados al Registro Nacional de las Personas -RENAP-.
POR TANTO:
Este Directorio en el uso de las facultades que le confiere el artículo 15 literal k) del Decreto No. 90-2005 Ley del Registro Nacional de las Personas -RENAP-.
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