ACUERDO GUBERNATIVO 192-2008
Se acuerda reformar el artículo 4 del Acuerdo Gubernativo 194-86, Reglamento de otras Becas a particulares en los servicios Médico-Hospitalarios Nacionales.
ACUERDO GUBERNATIVO No. 192-2008
Guatemala, 15 de julio del 2008
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO
La Constitución Política de la República establece que la educación científica, la tecnológica y la humanística constituyen objetivos que el Estado deberá orientar y ampliar permanentemente y que el Estado proveerá y promoverá becas y créditos educativos. Que corresponde al Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social formular las políticas y hacer cumplir el régimen jurídico relativo a la salud preventiva y curativa y a las acciones de protección, promoción, recuperación y rehabilitación de la salud de los habitantes.
CONSIDERANDO
Con base en lo anterior, mediante el Acuerdo Gubernativo número 194-86, de fecha 8 de abril de 1986 se acordó emitir el Reglamento de Otras Becas a Particulares en los Servicios Medico-Hospitalarios Nacionales, mismo que contempla el número de becas y subsidios para estudiantes del Ejercicio Profesional Supervisado de las Facultades de Odontología, Ciencias Médicas, Ciencias Químicas y Farmacia de la Universidad de San Carlos de Guatemala, que realicen su práctica de Ejercicio Profesional Supervisado (EPS) en las áreas Hospitalarias urbanas y rurales del país, cuyo objetivo es reconocer el aporte científico y tecnológico que brindan los estudiantes del Ejercicio Profesional Supervisado en las Instituciones del Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social.
CONSIDERANDO
Que siendo tales funciones de carácter técnico formativo y temporal y en virtud del aumento del número de estudiantes disponibles para el Ejercicio Profesional Supervisado (EPS) del Centro Universitario Metropolitano, del Centro Universitario de Occidente, del Centro Universitario de Oriente y de la Facultad de Odontología, se hace necesario ampliar la cobertura de la bolsa estudiantil, de los distintos Centros Universitarios de la Universidad de San Carlos de Guatemala.
POR TANTO
En ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 183, incisos e) y q) de la Constitución Política de la República de Guatemala,
ACUERDA
REFORMAR EL ARTÍCULO 4º. DEL ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 194-86 Y SUS REFORMAS, REGLAMENTO DE OTRAS BECAS A PARTICULARES EN LOS SERVICIOS MEDICO-HOSPITALARIOS NACIONALES
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