ACUERDO MINISTERIAL 907-2007
Resolución Número 216-2007 (COMIECO-XLVII) de fecha 11 de Diciembre de 2007, del Consejo de Ministros de Integración Económica.
ACUERDO MINISTERIAL No. 0907-2007
Guatemala, 19 de diciembre del 2007
EL MINISTERIO DE ECONOMIA
CONSIDERANDO:
Que en los términos del artículo 55, numerales 6 y 7 del Protocolo al Tratado General de Integración Económica Centroamericana -Protocolo de Guatemala- las resoluciones emitidas por el Consejo de Ministros de Integración Económica entrarán en vigor en la fecha en la cual se adopten, salvo que en las mismas se señale otra fecha, debiendo publicarse por los Estados Parte;
CONSIDERANDO:
Que por Resolución número 216-2007 (COMIECO-XLVII) de fecha 11 de Diciembre de 2007, el Consejo de Ministros de Integración Económica resuelve modificar, por sustitución total el Reglamento Técnico Centroamericano RTCA 67.01.31:06 Alimentos Procesados. Procedimiento para Otorgar el Registro Sanitario y la inscripción Sanitaria, contenido en el Anexo 2 de la Resolución No. 176-2006 del 5 de octubre de 2006, por la versión RTCA 67.01.31:07 Alimentos Procesados. Procedimiento para Otorgar el Registro Sanitario y la Inscripción Sanitaria.
POR TANTO,
En ejercicio de las funciones que le asigna el artículo 27, literal m) del Decreto 114-97 del Congreso de la República, Ley del Organismo Ejecutivo,
ACUERDA:
Publicar la Resolución número 216-2007 (COMIECO-XLVII) de fecha 11 de Diciembre de 2007, del Consejo de Ministros de Integración Económica, la que aparece como Anexo del presente Acuerdo.
COMUNIQUESE
LUIS OSCAR ESTRADA BURGOS
EL VICEMINISTRO DE INTEGRACIÓN Y COMERCIO EXTERIOR
ENRIQUE LACS PALOMO
RESOLUCION N. 216-2007 (COMIECO-XLVII)
EL CONSEJO DE MINISTROS DE INTEGRACIÓN ECONÓMICA
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con los artículos 38, 39 y 55 del Protocolo al Tratado General de Integración Económica Centroamericana -Protocolo de Guatemala-, el Consejo de Ministros de Integración Económica (COMIECO) tiene bajo su competencia los asuntos de la Integración Económica Centroamericana y como tal, le corresponde aprobar los actos administrativos del Subsistema Económico;
Que de acuerdo con el artículo 15 de ese mismo instrumento jurídico regional, los Estados Parte tienen el compromiso de constituir una Unión Aduanera entre sus territorios, la que se alcanzará de manera gradual y progresiva, sobre la base de programas que se establezcan al efecto, aprobados por consenso;
Que en el marco del proceso de conformación de una Unión Aduanera, el Consejo de Ministros aprobó, mediante la Resolución No. 176-2006 del 5 de octubre de 2006, el Reglamento Técnico Centroamericano RTCA 67.01.31:06 Alimentos Procesados, Procedimiento para otorgar el Registro Sanitario y la Inscripción Sanitaria, que se incluye como anexo 2 de esa resolución.
Que el Grupo Técnico de Registros procedió a revisar dicho Reglamento y elevó a la consideración de la Reunión de Directores de Integración, un proyecto que Incorpora modificaciones al mismo, por lo que es procedente aprobarlas.
POR TANTO:
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 1, 7, 15, 26, 30, 36, 37, 38, 39, 46, 52 y 55 del Protocolo de Guatemala,
RESUELVE:
1. Modificar, por sustitución total, el Reglamento Técnico Centroamericano RTCA 67.01.31:06 Alimentos Procesados. Procedimiento para Otorgar el Registro Sanitario y la Inscripción Sanitaria, contenido en el Anexo 2 de la Resolución No. 176-2006 del 5 de octubre de 2006, por la versión que aparece anexa a la presente Resolución y que se identifica como RTCA 67.01.31:07 Alimentos Procesados. Procedimiento para Otorgar el Registro Sanitario y la inscripción Sanitaria, y que es parte Integrante de la misma,
2. La presente Resolución entrará en vigencia 30 días después de la presente fecha y será publicado por los Estados Parte.
Guatemala, Guatemala 11 de diciembre de 2007
MARCO VINICIO RUIZ
MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR
DE COSTA RICA
YOLANDA MAYORA DE GAVIDIA
MINISTRA DE ECONOMÍA
DE EL SALVADOR
LUIS OSCAR ESTRADA
MINISTRO DE ECONOMÍA
DE GUATEMALA
JORGE ALBERTO ROSA ZELAYA
MINISTRO DE INDUSTRIA Y COMERCIO
DE HONDURAS
ORLANDO SOLÓRZANO DELGADILLO
MINISTRO DE FOMENTO, INDUSTRIA Y COMERCIO
DE NICARAGUA
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO RTCA 67.01.31:07
ALIMENTOS PROCESADOS.
PROCEDIMIENTO PARA OTORGAR EL REGISTRO SANITARIO
Y LA INSCRIPCIÓN SANITARIA.
CORRESPONDENCIA: Este Reglamento Técnico es una adaptación de la Legislación de los Países Centroamericanos en materia de Registro Sanitario.
ICS 67.020
RTCA 67.01.31:07
Reglamento Técnico Centroamericano, editado por:
* Ministerio de Economía MINECO
* Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología, CONACYT
* Ministerio de Fomento, Industria y Comercio, MIFIC
* Secretaría de Industria y Comercio, SIC
* Ministerio de Economía, Industria y Comercio, MEIC
INFORME
Los respectivos Comités Técnicos de Normalización o Reglamentación Técnica a través de los Entes de Normalización o Reglamentación Técnica de los países centroamericanos o sus sucesores, son los organismos encargados de realizar el estudio o la adopción de los Reglamentos Técnicos. Están conformados por representantes de los sectores Académico, Consumidor, Empresa Privada y Gobierno.
Este documento fue aprobado como Reglamento Técnico Centroamericano, RTCA 67.01.31:07, Alimentos procesados. Procedimiento para otorgar el registro sanitario y la inscripción sanitaria, por el Subgrupo de Alimentos y Bebidas y el Subgrupo de Medidas de Normalización. La oficialización de este reglamento técnico, conlleva la aprobación por el Consejo de Ministros de Integración Económica Centroamericana (COMIECO).
MIEMBROS PARTICIPANTES
Por Guatemala
Ministerio de Salud y Asistencia Social
Por El Salvador
Ministerio de Salud Publica y Asistencia Social
Por Nicaragua
Ministerio de Salud
Por Honduras
Secretaría de Salud
Por Costa Rica
Ministerio de Salud
1. OBJETO
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