DECRETO DEL CONGRESO 76-2007
Aprueba la Convención Internacional contra Dopaje en el Deporte, adoptada en la 33ª Reunión de la Conferencia General de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura -UNESCO-.
DECRETO NÚMERO 76-2007
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA
CONSIDERANDO:
Que Guatemala suscribió la Convención Internacional contra el Dopaje en el Deporte adoptada en la 33ª Reunión de la Conferencia General de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura -UNESCO- celebrada en París del 3 al 21 de octubre de 2005.
CONSIDERANDO:
Que la Convención establece que la utilización de sustancias dopantes en las actividades deportivas a nivel nacional e internacional, redundan en perjuicio de la salud de los deportistas y en detrimento de las prácticas transparentes y en igualdad de condiciones del mismo.
CONSIDERANDO:
Que debido a la importancia que tiene la eliminación del dopaje en el deporte y que esto depende en parte de la progresiva armonización de normas y prácticas antidopaje en el deporte y de la cooperación en el plano nacional y mundial, la Convención Internacional contra el Dopaje en el Deporte, ha sido ratificada por más de treinta países y se encuentra en vigencia desde el 01 de febrero de 2007.
CONSIDERANDO:
Que la aprobación de la Convención fortalecerá la aplicación de la Ley General que Regula el Uso de Esteroides y Otras Sustancias Peligrosas, aprobada por el Congreso de la República mediante Decreto Número 13-2007, es procedente dictar la respectiva disposición legal correspondiente.
POR TANTO:
En ejercicio de las atribuciones que le confieren las literales a) y l) del artículo 171 de la Constitución Política de la República,
DECRETA:
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