ACUERDO MINISTERIAL 458-2007
Reforma el artículo 1o. del Acuerdo Ministerial 375-2005 del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación, donde se nombró a los delegados para que formaran parte del sistema de Consejos de Desarrollo a nivel regional y departamental.
ACUERDO MINISTERIAL No. 458-2007
Edificio Monja Blanca, Guatemala, 03 de julio de 2007.
EL MINISTRO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y ALIMENTACIÓN
CONSIDERANDO:
Que la Constitución Política de la República en sus artículos 119 literal b) y 224, establece la necesidad imperativa de promover sistemáticamente la descentralización económico-administrativa como medio para promover el desarrollo integral del país, para lo cual se legisló sobre el Sistema de Consejos de Desarrollo, promulgando el Decreto 11-2002 del Congreso de la República, Ley de los Consejos de Desarrollo Urbano y Rural.
CONSIDERANDO:
Que el Sistema de Consejos de Desarrollo comprende cinco niveles, a saber: nacional, regional, departamental, municipal, y comunitario, previstos constitucionalmente, en el ejercicio de la gestión pública cuya finalidad principal consiste en llevar a cabo el proceso de planificación democrática del desarrollo, tomando en cuenta principios de unidad nacional, multiétnica, pluricultural y multilingüe de la nación guatemalteca, sin discriminación alguna.
CONSIDERANDO:
Que mediante Acuerdo Ministerial 375-2005 de fecha 29 de junio de 2005, modificado mediante Acuerdo Ministerial 333-2006 de fecha 9 de junio de 2006, se nombró a los delegados titulares y suplentes para que, en representación del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación, formen parte del sistema de Consejos de Desarrollo a nivel regional y departamental.
CONSIDERANDO:
Que resulta necesario actualizar las acreditaciones de las personas que en representación del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación integran los Consejos de Desarrollo Rural a nivel regional y departamental,
POR TANTO:
Con fundamento en lo que establecen los artículos 194, 225, 226, 228 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 22, 27 y 29 de la Ley del Organismo Ejecutivo, Decreto 114-97 del Congreso de la República; 9 de la Ley de los Consejos de Desarrollo Urbano y Rural, Decreto 11-2002 del Congreso de la República de Guatemala; y 6o. del Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación, Acuerdo Gubernativo No. 278-98 y sus Reformas,
ACUERDA:
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