RESOLUCIÓN JM-94-86
Los Bancos del Sistema pueden computar como parte de sus Reservas de Capital, las utilidades netas efectivmaente percibidas.
RESOLUCION JM-94-86
Punto segundo del Acta No. 28-86, correspondiente a la sesión celebrada por la Junta Monetaria el 26 de mayo de 1986.
REQUERIMIENTOS MINIMOS DE CAPITAL LOS BANCOS DEL SISTEMA PUEDEN COMPUTAR COMO PARTE DE SUS RESERVAS DE CAPITAL, LAS UTILIDADES NETAS EFECTIVAMENTE PERCIBIDAS, QUE REGISTREN ANTES DE LA FINALIZACION DEL EJERCICIO CONTABLE.
"LA JUNTA MONETARIA RESUELVE:
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