ACUERDO GUBERNATIVO M. DE E. 30-71
"REGLAMENTO DEL REGISTRO MERCANTIL CENTRAL"
ACUERDO GUBERNATIVO NUMERO
M. DE E. 30-71
El Presidente de la República,
CONSIDERANDO:
Que el primero de enero del presente año se inició la vigencia del Código de Comercio, Decreto 2-70 del Congreso de la República, el cual creo el Registro Mercantil; y que de conformidad con su artículo VIII Transitorio, el Organismo Ejecutivo debe emitir el Reglamento del mencionado Registro;
CONSIDERANDO:
Que, en cumplimiento de esos preceptos legales procede la emisión de dicho Reglamento, a fin de que el Registro Mercantil, con la plenitud de su ordenamiento jurídico desarrolle, sus actividades en forma eficiente, para beneficio de la colectividad,
POR TANTO,
En uso de las facultades que le confieren los artículos 189, incisos 2º y 4º de la Constitución de la República, y los artículos VIII y XI Transitorios del Decreto 2-70 del Congreso de la República,
ACUERDA:
Emitir el siguiente
Reglamento del Registro Mercantil Central
CAPITULO I
Dirección
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