ACUERDO GUBERNATIVO 62-2006
Se crea con carácter temporal la “Comisión del Control de las Donaciones de Leche en Polvo”, que podrá abreviarse COLEP.
ACUERDO GUBERNATIVO No. 62-2006
Guatemala, 14 de febrero de 2006.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
CONSIDERANDO:
Que el Consejo de Ministros de Integración Económica aprobó, mediante resolución número 145-2005 (COMIECO XXXII) publicada en el Diario de Centro América el 17 de octubre del año 2005, los Principios Generales para la Administración de Donaciones de Alimentos e Insumos Agropecuarios en el Marco de la Unión Aduanera Centroamericana conforme los cuales, entre otros, los Países Miembros deben garantizar que las políticas y procedimientos para la administración de las donaciones sean transparentes, oportunos, respondan a sus necesidades y no se conviertan en elementos distorsionantes en los mercados y, asimismo, cada País Miembro designe una entidad pública que vele por la correcta administración de las donaciones.
CONSIDERANDO:
Que es necesario cumplir con los fines de apoyar a la población más vulnerable económicamente del país y combatir el flagelo de la desnutrición en las áreas rurales del país, por lo que es menester establecer los mecanismos de administración y control de las donaciones de leche en polvo.
CONSIDERANDO:
Que debe evitarse las distorsiones en el mercado interno de leche y sus derivados, mediante el establecimiento de los parámetros sobre utilización de leche en polvo importada que por concepto de donación reciben en Guatemala, tanto instituciones publicas como organizaciones no gubernamentales (ONG's), por lo que se estima conveniente crear una Comisión que se encargue de llevar un adecuado control sobre las donaciones de leche en polvo.
POR TANTO:
En el ejercicio de las funciones que le asigna el artículo 183 literal e) de la Constitución Política de la República de Guatemala y con fundamento en los artículos 5 y 23 de la Ley del Organismo Ejecutivo, Decreto 114-97 del Congreso de la República y sus reformas,
ACUERDA:
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