CONVENIO  0519

Convenio de Cooperación Cultural entre el Gobierno de la República de Guatemala y el Gobierno de la República del Ecuador, Firmado el 4 de junio de 2003.


YO, OSCAR BERGER PERDOMO
Presidente Constitucional de la República de Guatemala

DECLARO:

Que el Gobierno dé la República de Guatemala habiendo firmado con fecha 4 de junio de 2003 el CONVENIO DE COOPERACIÓN CULTURAL ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA Y EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR , ratifica dicho Convenio y se compromete a cumplir y aplicar fielmente las disposiciones que en él figuran.

EN TESTIMONIO DE LO CUAL, firmo el presente instrumento.

Hecho en la ciudad de Guatemala, a dieciséis días del mes de noviembre de dos mil cinco.


OSCAR BERGER


EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES

JORGE EDUARDO BRIZ ABULARACH


Lic. Jorge Raúl Arroyave Reyes
SECRETARIO GENERAL
DE LA PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA

Referencia: Decreto del Congreso de la República número 65-2005 emitido el 22 de septiembre de 2005.


CONVENIO DE COOPERACIÓN CULTURAL ENTRE EL GOBIERNO
DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA Y EL GOBIERNO
DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR

El Gobierno de la República de Guatemala y el Gobierno de la República del Ecuador, denominados en adelante "las Partes",

CONSIDERANDO los vínculos de entendimiento y de amistad existentes entre los dos pueblos;

TOMANDO en consideración que las dos Partes han venido realizando acciones de cooperación cultural, al amparo del Convenio Cultural entre las Repúblicas de Guatemala y del Ecuador, suscrito en la ciudad de Quito, el 6 de marzo de 1985 el cual necesita ser actualizado a la luz del desarrollo cultural e institucional de ambos Estados, así como a las nuevas tendencias y desafíos del entorno mundial de la cultura.


CONSCIENTES
de las afinidades que unen a sus respectivos países en razón de su historia, su cultura y su idioma común;

CONVENCIDOS de la importancia de fortalecer e incrementar la cooperación y el intercambio cultural;

RECONOCIENDO la importancia de establecer mecanismos que contribuyan al fortalecimiento de la cooperación en los campos de interés mutuo y de la necesidad de ejecutar programas específicos de colaboración e intercambio cultural, que correspondan a la dinámica del nuevo entorno internacional y que contribuyan a profundizar en el conocimiento mutuo de los dos países, a la vez que desarrollar las culturas americanas.

Las Partes convienen lo siguiente:

 
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