ACUERDO MINISTERIAL  0742-2005

Se publica la Resolución número 147-2005 (COMIECO-XXXIII) del Consejo de Ministros de Integración Económica y su anexo la que forma parte integrante de la misma.


ACUERDO MINISTERIAL No. 0742-2005

Guatemala, 14 de diciembre del 2005.


EL VICEMINISTRO DE INVERSION Y COMPETENCIA
ENCARGADO DEL DESPACHO


CONSIDERANDO:

Que en los términos del artículo 55, numerales 6 y 7 del Protocolo al Tratado General de Integración Económica Centroamericana -Protocolo de Guatemala-, las resoluciones emitidas por el Consejo de Ministros de Integración Económica entrarán en vigor en la fecha en la cual se adopten, salvo que en las mismas se señale otra fecha, debiendo publicarse por los Estados Parte;


CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución No. 147-2005 (COMIECO-XXXIII) de fecha 30 de noviembre de 2005, el Consejo de Ministros de Integración Económica resolvió trasladar de la Parte II a la Parte I del Arancel Centroamericano de Importación, el inciso arancelario 2106.90.30 el cual forma parte integrante del Anexo "A" del Convenio sobre el Regimen Arancelario y Aduanero Centroamericano.


POR TANTO:

En ejercicio de las funciones que le asigna el artículo 27, literal m) del Decreto 114- 97 del Congreso de la República, Ley del Organismo Ejecutivo,


ACUERDA:

Publicar la Resolución número 147-2005 (COMIECO-XXXIII) del Consejo de Ministros de Integración Económica y su anexo la que forma parte integrante de la misma

COMUNÍQUESE


LUIS OSCAR ESTRADA


EL VICEMINISTRO DE INTEGRACION Y COMERCIO EXTERIOR
ENRIQUE LACS PALOMO


RESOLUCIÓN NO. 147-2005 (COMIECO-XXXIII)


EL CONSEJO DE MINISTROS DE INTEGRACIÓN ECONÓMICA


CONSIDERANDO:

Que de conformidad con el artículo 38 del Protocolo al Tratado General de Integración Económica Centroamericana - Protocolo de Guatemala -, modificado por la Enmienda de 27 de febrero de 2002, el Consejo de Ministros de Integración Económica está conformado por el Ministro que en cada Estado Parte tiene bajo su competencia los asuntos de la integración económica y subroga en sus funciones al Consejo Arancelario y Aduanero Centroamericano;

Que el Comité de Política Arancelaria en la reunión celebrada en la ciudad de Managua, Nicaragua, del 17 al 18 de noviembre de 2005, alcanzó acuerdos sobre modificación de Derechos Arancelarios la Importación;

Que con base a los acuerdos indicados, el Comité de Política Arancelaria, elevó a la consideración y aprobación de este foro una propuesta de modificación de Derechos Arancelarios a la Importación.


POR TANTO:

Con fundamento en los artículos 1, 3, 4, 6, 7, 13, 15, 22, 23 y 24 del Convenio sobre el Régimen Arancelario y Aduanero Centroamericano; y, 10, 36, 37, 38, 39, 52 y 55 del Protocolo de Guatemala,


RESUELVE:

 
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