CONVENIO  0512

Memorandum de Entendimiento entre las Repúblicas de Guatemala y El Salvador para la Protección de las Víctimas de la Trata de personas y del tráfico Ilícito de Migrantes, suscrito en Guatemala el 18 de agosto de 2005.

YO, OSCAR BERGER PERDOMO

Presidente Constitucional de la República de Guatemala


DECLARO:

Que el Gobierno de la República de Guatemala habiendo firmado con fecha 18 de agosto de 2005 el MEMORANDUM DE ENTENDIMIENTO ENTRE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA Y LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR PARA LA PROTECCIÓN DE LAS VÍCTIMAS DE LA TRATA DE PERSONAS Y DEL TRÁFICO ILÍCITO DE MIGRANTES, ratifica dicho Memorandum de Entendimiento y se compromete a cumplir y aplicar fielmente las disposiciones que en él figuran.

EN TESTIMONIO DE LO CUAL, firmo el presente instrumento.

Hecho en la ciudad de Guatemala, a dos días del mes de noviembre de dos mil cinco.


OSCAR BERGER PERDOMO


EL VICEMINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES
ENCARGADO DEL DESPACHO

CARLOS RAMIRO MARTINEZ ALVARADO


Lic. Jorge Raúl Arroyave Reyes
SECRETARIO GENERAL
DE LA PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA


MEMORANDUM DE ENTENDIMIENTO ENTRE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA Y
LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR PARA LA PROTECCIÓN DE LAS VÍCTIMAS
DE LA TRATA DE PERSONAS Y DEL TRÁFICO ILÍCITO DE MIGRANTES.

Los Gobiernos de las Repúblicas de Guatemala y el Salvador, en adelante denominados "las Partes",

CONSIDERANDO que durante la Cumbre extraordinaria de Jefes de Estado y de Gobierno del Sistema de la Integración Centroamérica (SICA), realizada en Guatemala el 26 de febrero del año 2004, se celebró "la decisión de los Presidentes de El Salvador, Honduras, Guatemala y Nicaragua de aprobar el Plan de Integración Migratoria Centroamericana, lo cual facilitará ostensiblemente el libre tránsito de personas";

CONSIDERANDO la importancia del respeto de los derechos humanos, su promoción y fortalecimiento;

CONSIDERANDO que Guatemala y El Salvador son parte de la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional y de los Protocolos Contra el Tráfico Ilícito de Migrantes por Tierra, Mar y Aire y Protocolo para Prevenir, Reprimir y, Sancionar la Trata de Personas, Especialmente Mujeres y Niños que complementan la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional;

TENIENDO presente la vulnerabilidad de las mujeres y los menores de edad, víctimas de acciones delictivas, que requieren de protección especial;

RECONOCIENDO la importancia de la cooperación para mejorar la atención de las mujeres y de los menores de edad víctimas de la trata y tráfico de personas; y

CON EL PROPÓSITO de establecer mecanismos de coordinación y de cooperación que favorezcan las actividades que realizan las Partes para combatir este flagelo; Han llegado al siguiente entendimiento:

 
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