ACUERDO GUBERNATIVO 400-2005
Se reforma el Artículo 5 del Acuerdo Gubernativo número 63-2001 de fecha 16 de febrero de 2001.
ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 400-2005
Guatemala, 31 de agosto del 2005.
El PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con el artículo 126 de la Constitución Política de la República se declaró de urgencia nacional y de interés social, la reforestación del país y la conservación de los bosques.
CONSIDERANDO:
Que mediante Acuerdo Gubernativo 63-2001 de fecha 16 de febrero de 2001, fue creado el Sistema Nacional de Prevención y Control de Incendios Forestales, como un ente de carácter institucional con el fin de prevenir, mitigar, controlar y extinguir los incendios forestales.
CONSIDERANDO:
Que para una mejor prevención y control de los incendios forestales, es necesario dar participación a la Asociación Nacional de Municipalidades en el Consejo Coordinador del Sistema Nacional de Prevención y Control de Incendios Forestales.
POR TANTO:
En ejercicio de las funciones establecidas en el artículo183 literal e) de la Constitución Política de la República.
ACUERDA:
- Buscado: 1,018 veces.
- Ficha Técnica: 10 veces.
- Imagen Digital: 10 veces.
- Texto: 10 veces.
- Formato PDF: 1 veces.
- Formato Word: 2 veces.