ACUERDO GUBERNATIVO 817-97
Derógase el Acuerdo Gubernativo número 111-87 del 27 de marzo de 1987.
*Derogado por el Acuerdo Gubernativo No. 42-2017 de fecha 6 de marzo de 2017
ACUERDO GUBERNATIVO No. 817-97
Palacio Nacional: Guatemala, 26 de noviembre de 1997.
El Presidente de la República,
CONSIDERANDO:
Que es deber del Estado por mandato constitucional proporcionar y facilitar la educación a sus habitantes, sin discriminación alguna, por lo que la educación científica, tecnológica y humanística deben constituir objetivos que el Estado debe orientar y ampliar constantemente.
CONSIDERANDO:
Que la Universidad del Istmo es una institución privada que se encuentra debidamente constituida según la legislación del país, correspondiéndole contribuir a organizar y desarrollar la educación superior privada, colaborando así a la formación de profesionales en la investigación científica, cultural y a la solución de los problemas nacionales.
CONSIDERANDO:
Que mediante el Acuerdo Gubernativo número 111-87 de fecha 27 de marzo de 1,987, se adscribió al Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación, un área de terreno de 11,273.7238 metros cuadrados, de la finca estatal número 226, folio 150 del libro 20 de Guatemala, a efecto de que se construyera en el mismo los módulos del Proyecto de Generación y Transferencia de Tecnología Agropecuaria y Producción de Semillas -PROGETTAPS-, los que, por razones del proyecto, fueron edificados en diferentes zonas del país.
POR TANTO:
En ejercicio de las funciones contenidas en el artículo 183 literales e) y q) de la Constitución Política de la República de Guatemala y con fundamento en el artículo 703 y 706 de Código Civil.
ACUERDA:
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