ACUERDO D-SAT-007-2005
Faculta a la Superintendencia de Administración Tributaria, SAT, para que entregue a los propietarios de vehículos terrestres las nuevas placas de circulación metálicas y tarjeta de circulación.
ACUERDO DE DIRECTORIO NÚMERO D-SAT-007-2005
El Secretario del Directorio de la Superintendencia de Administración Tributaria, CERTIFICA: Que ha tenido a la vista el Acuerdo de Directorio Número D-SAT-007-2005, emitido en la Sesión del Directorio de fecha martes quince de marzo del año dos mil cinco, documentado en el Acta No. 022-2005, que textualmente dice:
ACUERDO DE DIRECTORIO NÚMERO D-SAT-007-2005
EL DIRECTORIO DE LA SUPERINTENDENCIA DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA
CONSIDERANDO:
Que la Superintendencia de Administración Tributaria está facultada para establecer y operar los procedimientos y sistemas que faciliten a los contribuyentes o responsables el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, por lo que en su oportunidad emitió el Acuerdo de Directorio número 001- 2004 de la Superintendencia de Administración Tributaria, que contiene aspectos a seguir para la entrega de las placas y tarjeta de circulación para vehículos terrestres.
CONSIDERANDO:
Que en la aplicación del Acuerdo referido en el considerando anterior, se encontraron aspectos no previstos que hacen necesario la derogatoria del mismo y la emisión de un nuevo acuerdo por medio del cual se desarrolle de manera ágil la entrega de las placas y tarjeta de circulación para vehículos terrestres.
POR TANTO:
En ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 7 inciso e) del Decreto 1-98 del Congreso de la República, Ley Orgánica de la Superintendencia de Administración Tributaria,
ACUERDA:
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