ACUERDO GUBERNATIVO 09-01-1978
Acuerda modificar y ampliar el Acuerdo Gubernativo de fecha 8 de noviembre de 1955 (Reglamento para el Uso del Escudo de Armas de la República).
Modificase y ampliase el Acuerdo Gubernativo de fecha 8 de noviembre de 1955
(Reglamento para el uso del Escudo de Armas de la República).
Palacio Nacional: Guatemala, 9 de enero de 1978.
El Presidente de la República,
CONSIDERANDO:
Que es conveniente modificar el Reglamento para el uso del Escudo de Armas de la República, puesto en vigencia en virtud del Acuerdo Gubernativo del 8 de noviembre de 1955, por cuanto algunas Dependencias e Instituciones del Estado de posterior creación, no se mencionan en dicho Acuerdo, siendo el caso de ampliarlo en ese sentido;
CONSIDERANDO:
Que mediante el Acuerdo Gubernativo de fecha 30 de abril de 1959 se pretendió modificar los Artículo 3º y 5º del Reglamento en mención, con el objeto de que pudiesen hacer uso del Escudo de Armas de la República, los guatemaltecos que en esa forma y para fines lícitos deseen manifestar su civismo y su homenaje a nuestro Símbolo Nacional, pero debido a la redacción de dicho Acuerdo Gubernativo, no se logró el propósito deseado, por lo que procede dejarlo sin efecto y dictar las disposiciones que sean conducentes al fin pretendido,
POR TANTO,
En uso de las facultades que le confiere el Artículo 189, inciso 4o. de la Constitución de la República,
ACUERDA:
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