ACUERDO GUBERNATIVO  218-2000

Se acuerda derogar el Acuerdo Gubernativo número 100-94 de fecha 2 de marzo de 1994.


ACUERDO GUBERNATIVO NUMERO 218-2000

Guatemala, 12 de mayo de 2000

El Presidente de la República,


CONSIDERANDO:

Que por Acuerdo Gubernativo número 100-94 de fecha 2 de marzo de 1994, se le otorgó a la Asociación Gremial de Exportadores de Productos no tradicionales (GEXPRONT) el usufructo gratuito por quince años de un área de terreno de la finca propiedad del Estado, inscrita en el Segundo Registro de la Propiedad bajo el número 2379, folio 274 del libro 22 de Quetzaltenango.


CONSIDERANDO:

Que dentro de las obligaciones de la Asociación Gremial de Exportadores de Productos no tradicionales (GEXPRONT), como usufructuaria se estipuló la de destinar el inmueble al desarrollo de las exportaciones de la región occidental y sur occidental del país, bajo la condición resolutoria de que el usufructo se tendrá por resuelto o sin efecto y sin necesidad de declaratoria o trámite alguno, si el usufructuario le cambia el destino para el cual se constituyó.


CONSIDERANDO:

Que se ha comprobado que la Asociación Gremial de Exportadores de Productos no Tradicionales de Guatemala (GEXPRONT) incumplió las disposiciones del acuerdo de constitución del usufructo, dándole un destino diferente al bien del Estado, entrando a funcionar la clausula o condición resolutoria.


POR TANTO:

En ejercicio de la función que le confiere el artículo 183 literal e) de la Constitución Política de la República de Guatemala y con fundamento en los artículos 704 y 738 del Código Civil.


ACUERDA:

 
...
Consultas:
  • Buscado: 1,993 veces.
  • Ficha Técnica: 26 veces.
  • Imagen Digital: 25 veces.
  • Texto: 13 veces.
Descargas:
  • Formato PDF: 2 veces.
  • Formato Word: 1 veces.
Etiquetas:

Deje un comentario commentÚltimos comentarios públicos
    comment Aún no hay comentarios para la publicación.

    Usted puede ser el primero en dejar un comentario.

Deje un comentario commentÚltimos comentarios privados
    comment Aún no hay comentarios para la publicación.

    Usted puede ser el primero en dejar un comentario.

mode_editEscriba su Comentario:
Información importante! Usted puede dejar un comentario sobre esta publicación y decidir si la desea hacer pública.

menu
menu