DECRETO DEL CONGRESO 33-2003
Reformas al Código de Comercio de Guatemala, Decreto Número 2-70, del Congreso de la República.
DECRETO NUMERO 33-2003
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA
CONSIDERANDO:
Que el Estado garantiza la protección social, económica y jurídica de la familia, y el régimen económico y social de la República se fundamenta en principios de justicia social, debiendo impedirse el funcionamiento de prácticas excesivas que conduzcan a la concentración de bienes y medios de producción en detrimento de la colectividad.
CONSIDERANDO:
Que nuestra legislación comercial que regula el Código de Comercio, Decreto Número 2-70 del Congreso de la República, el cual data de hace más de treinta años, evidencia deficiencias de regulación en ciertas áreas del tráfico comercial y financiero en nuestro país, en detrimento de la población guatemalteca, situación que se está dando con el cobro discrecional y desmedido de intereses y recargos por parte de las entidades emisoras de tarjetas de crédito, en contra de los tarjeta habientes en su calidad de usuarios y consumidores.
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto Número 19-2002 el Congreso de la República aprobó la Ley de Bancos y Grupos Financieros, en la que se incluye como parte de sus funciones sustantivas la facultad de emitir tarjetas de crédito, por lo que es imperativo hacer congruente la normativa del Código de Comercio con las disposiciones específicas que establecen la nueva ley.
POR TANTO:
En ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 171 literal a) de la Constitución Política de la República de Guatemala.
DECRETA:
La siguiente:
REFORMA AL CODIGO DE COMERCIO,
DECRETO NUMERO 2-70 DEL CONGRESO DE LA REPUBLICA
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