DECRETO DEL CONGRESO 54-2003
Concede pensión vitalicia a la Señora Hilda Guadalupe Pinto Bonilla, por los servicios prestados a la Nación.
DECRETO NUMERO 54-2003
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA
CONSIDERANDO:
Que el artículo 171 literal e) de la Constitución Política de la República atribuye a este Organismo del Estado, la facultad de decretar honores públicos por grandes servicios prestados a la Nación.
CONSIDERANDO:
Que la Señora Hilda Guadalupe Pinto Bonilla se ha distinguido por sus servicios prestados a la Nación, siendo reconocida por su participación en Importantes eventos culturales, por lo que procede decretarle el honor público, en virtud a su labor en beneficio de la sociedad guatemalteca.
CONSIDERANDO:
Que los honores públicos otorgados a la citada guatemalteca y el reconocimiento que merece, deben ir acompañados de un beneficio económico para aliviar las penurias o dificultades que afronta en razón de su edad y las consecuencias de la misma sobre su estado de salud.
POR TANTO:
En ejercicio de las atribuciones que le confiere el articulo 171 literales a) y e) de la Constitución Política de la República de Guatemala.
DECRETA:
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