RESOLUCIÓN  201.6

Los Bancos deben crear una Reserva General para Activos Extraordinarios, pero descompuesta en tantas partes como activos hayan intervenido en su Constitución.


Punto sexto del Acta No. 201 de la Junta Monetaria del 11 de enero de 1950.


LOS BANCOS DEBEN CREAR UNA RESERVA GENERAL PARA ACTIVOS EXTRAORDINARIOS, PERO DESCOMPUESTA EN TANTAS PARTES COMO ACTIVOS HAYAN INTERVENIDO EN SU CONSTITUCION


"LA JUNTA, POR MAYORIA DE VOTOS, ACORDO:

 
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