DECRETO DEL CONGRESO  16-2003

Reforma a la Ley del Impuesto al Valor Agregado. -Medicinas genéricas-

DECRETO NUMERO 16-2003


EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA


CONSIDERANDO:

Que la Constitución Política de la República preceptúa en su artículo 95 que la salud de los habitantes de la Nación es un bien público, y todas las personas e instituciones públicas están obligadas a velar por su conservación y restablecimiento.


CONSIDERANDO:

Que siendo obligación constitucional del Estado velar por la salud y la asistencia social de todos los habitantes, deberá desarrollar a través de sus instituciones, acciones de prevención, promoción, recuperación, rehabilitación, coordinación y las complementarias pertinentes a fin de procurarles el más completo bienestar físico, mental y social.


CONSIDERANDO:

Que las personas en la actualidad presentan una serie de necesidades a las que el Estado debe prestar atención para garantizar la vida y el bienestar social, específicamente respecto a los medicamentos que están comprendidos dentro de aquellos de carácter emergente y que requieren una intervención directa de parte de las autoridades del Gobierno para evitar un alza significativa en los precios.


CONSIDERANDO:

Que los medicamentos genéricos y los alternativos de origen natural constituyen una asistencia económica significativa a los guatemaltecos, puesto que por la emergente necesidad son más accesibles para su adquisición de acuerdo a su capacidad de pago, situación que incentiva para que sean exentos del Impuesto al Valor Agregado -IVA-.


POR TANTO:

En ejercicio de las atribuciones que le confieren los artículos 171 literal a) y 239 de la Constitución Política de la República de Guatemala.


DECRETA:

 
...
Consultas:
  • Buscado: 11,767 veces.
  • Ficha Técnica: 634 veces.
  • Imagen Digital: 629 veces.
  • Texto: 634 veces.
Descargas:
  • Formato PDF: 94 veces.
  • Formato Word: 154 veces.
Etiquetas:

Deje un comentario commentÚltimos comentarios públicos
    comment Aún no hay comentarios para la publicación.

    Usted puede ser el primero en dejar un comentario.

Deje un comentario commentÚltimos comentarios privados
    comment Aún no hay comentarios para la publicación.

    Usted puede ser el primero en dejar un comentario.

mode_editEscriba su Comentario:
Información importante! Usted puede dejar un comentario sobre esta publicación y decidir si la desea hacer pública.

menu
menu