DECRETO DEL CONGRESO 36-97
Reformas a la Ley del Impuesto Sobre la Renta.
*A partir de la Vigencia del Impuesto Sobre la Renta, contenido en el Decreto 10-2012, quedará derogado.
DECRETO NUMERO 36-97
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA,
CONSIDERANDO:
Que como parte del proceso de modernización y simplificación de los tributos se hace necesario introducir modificaciones a la Ley del Impuesto Sobre la Renta, Decreto número 26-92 del Congreso de la República y sus reformas. De igual manera procede corregir las incongruencias que se generaron como consecuencia de los diferentes señalamientos de inconstitucionalidad que resolvió con lugar la Corte de Constitucionalidad y que por no restituirse los textos afectados, están dificultando la correcta aplicación de la ley, tanto para los contribuyentes como para la propia Administración Tributaria. También es necesario ampliar la base del impuesto, reducir exenciones, exoneraciones y deducciones inconvenientes y actualizar los mecanismos que permitan a la Administración Tributaria incrementar la recaudación,
POR TANTO,
En ejercicio do las atribuciones que le confiere el Artículo 171, inciso a) de la Constitución Política de la República de Guatemala,
DECRETA:
Las siguientes
REFORMAS A LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA, DECRETO NUMERO 26-92 DEL CONGRESO DE LA REPUBLICA
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