DECRETO DEL CONGRESO 1528
Ley de Creación del Instituto de Recreación de los Trabajadores de Guatemala
DECRETO NUMERO 1528
El Congreso de la República de Guatemala,
CONSIDERANDO:
Que es obligación del Estado crear condiciones de bienestar social, disponiendo las medidas conducentes a la superación material y espiritual de aquellos que, mediante su trabajo, contribuyen a la creación de la riqueza nacional, debiendo emitir para realizar tal fin, las disposiciones legales necesarias;
CONSIDERANDO:
Que el Estado, con el propósito de que los trabajadores desarrollen más integralmente su personalidad, y hagan un mejor aprovechamiento de su tiempo libre, debe crear con un financiamiento adecuado, según las posibilidades de los patronos y las necesidades de los laborantes, la institución apropiada para establecer, en Guatemala colonias vacacionales, jardines para trabajadores y centros sociales y deportivos, todo conforme a las recomendaciones de la Organización Internacional del Trabajo;
CONSIDERANDO:
Que los propósitos antes enunciados sólo pueden satisfacerse mediante la organización de una entidad descentralizada, con recursos económicos propios y suficientes que la capaciten para planificar y realizar los planes mínimos de recreación a que tienen derecho los laborantes;
CONSIDERANDO:
Que entidades patronales han hecho suyos con todo entusiasmo los propósitos anteriores y los alcances de este decreto, estando deseosos de colaborar en la medida necesaria para su mejor ejecución;
POR TANTO,
De conformidad con lo preceptuado por los artículos 113 y 147, incisos 1o. y 3o. de la Constitución de la República,
DECRETA:
La siguiente
LEY DE CREACION DEL INSTITUTO DE
RECREACION DE LOS TRABAJADORES
DE GUATEMALA
CAPITULO I
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