EXPEDIENTE 944-2002
Se decreta la suspensión provisional de artículos del Acta, que contiene el Reglamento parra el Uso de las Vías Públicas por el Paso de Líneas parra la transmisión de Información y de Energía en la jurisdicción del Municipio de Villa Nueva.
EXPEDIENTE No. 944-2002
Oficial 3º. A Secretaría Adjunta
Asunto: Inconstitucionalidad General Parcial.: Empresa Eléctrica de Guatemala. Norma Impugnada: Acta 1757-2000 emitida la Corporación Municipal de Villa Nueva del departamento de Guatemala de diecinueve de diciembre de dos mil y publicado en Diario Oficial de uno de marzo de dos mil dos, que contiene el Reglamento para el Uso de las Vías Públicas por el Paso de Líneas para la Trasmisión de Información y de Energía en la Jurisdicción del Municipio de Villanueva.
CORTE DE CONSTITUCIONALIDAD: Guatemala, veinticuatro de julio de dos mil dos.
Se tiene a la vista la acción de inconstitucionalidad general parcial de los artículos 1 en cuanto incluye los vocablos "de energía ", 2, literal (a) en cuanto incluye los vocablos "o de energía", en la definición contenida en tal literal : (a)_referida a "Línea", y en la literal (e) los vocablos "de energía e", en la definición correspondiente a "Licencia de Uso de Línea"; 3, en cuanto incluye los vocablos "o de energía ";13, numeral 2);17, literales (a) (b) y (e); 21, en su totalidad; 22, en la que a los vocablos "o de energía eléctrica" se refiere, del Acta 1757-2000 emitida la Corporación Municipal de Villa Nueva del departamento de Guatemala el diecinueve de diciembre de dos mil y publicado en el Diario Oficial el uno de marzo de dos mil dos, que contiene el Reglamento para el Uso de las Vías Públicas por el Paso de líneas para la Trasmisión de Información y de Energía en la Jurisdicción del Municipio de Villanueva, promovida por la Empresa Eléctrica de Guatemala.
CONSIDERANDO
Esta Corte dictó autos de nueve de mayo de dos mil dos, dentro de los expedientes 493-2002 y 561-2002, mediante los cuales decretó la suspensión provisional, entre otros,de los artículos 17 literales a) y b) y 22 en su totalidad, del reglamento impugnado, normas que se atacan a través de esta acción; por lo que respecto a dichos artículos, estése a lo resuelto en las resoluciones precitadas. En cuanto a las demás normas impugnadas se dan los elementos necesarios previstos en el artículo 138 de la Ley de Amparo, Exhibición Personal y de Constitucionalidad, (inconstitucionalidad notoria y susceptible de causar gravámenes irreparables ) para decretar la suspensión provisional de los artículos 1, en cuanto incluye los vocablos "de energía"; 2, literal (a) en cuanto incluye los vocablos "o de energía ", en la definición contenida en tal literal : (a)- referida a "Línea"; y en la literal (e) los vocablos "de energía e", en la definición correspondiente a "Licencia de Uso de Línea"; 3, en cuanto incluye los vocablos "o de energía"; 13, numeral 2); 17, literal (e); 21, en su totalidad, del Acta 1757-2000 emitida la Corporación Municipal de Villa Nueva del departamento de Guatemala el diecinueve de diciembre de dos mil uy publicado en el Diario Oficial el uno de marzo de dos mil dos, que contiene el Reglamento para el Uso de las Vías Públicas por el paso de Líneas para la Trasmisión de Información y de Energía en la Jurisdicción de Municipio de Villanueva.
CITA DE LEYES
Artículo citado y 139 de la Ley de Amparo. Exhibición Personal y de Constitucionalidad.
POR TANTO
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